El certificado de apropiación presupuestaria para el proceso INAPA-CCC-LPN-2025-0069 fue emitido el 29 de diciembre de 2025 y consigna RD$10,104,368.39 como monto presupuestado para iniciar la contratación. El portal registra un monto estimado de RD$489,078,818.64; el certificado corresponde al presupuesto general de 2025, por lo que debe verificarse cómo se cubría la ejecución y los pagos previstos, sin que este documento por sí solo permita determinar el financiamiento de años posteriores.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Este certificado consigna RD$10,104,368.39, frente al monto estimado de RD$489,078,818.64 registrado en el portal. Es un dato concreto adicional sobre la diferencia de apropiación ya advertida en el proceso; como el documento refiere al presupuesto de 2025 y la obra tiene un plazo de ejecución de hasta 24 meses según el pliego, corresponde verificar la apropiación para los pagos previstos durante cada ejercicio y el compromiso total.
“El monto de : Diez millones ciento cuatro mil trescientos sesenta y ocho con 39/100 (10,104,368.39)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
La certificación de apropiación presupuestaria publicada para este proceso es por RD$10.1 millones; se adjudicaron RD$440.2 millones y el monto estimado era RD$489.1 millones. Puede corresponder a un período (un trimestre o el año fiscal en curso) y no al contrato completo, pero la ley pide que haga constar el monto total del egreso previsto. Las cifras y la fecha del certificado se leyeron del documento publicado; el monto, solo cuando dice lo mismo en letras y en números.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona