El documento, fechado el 30 de diciembre de 2025, solicita directamente a ELECTOSOFT CARIBE S.R.L. una propuesta para el servicio de grabación de audio de radiofrecuencia, con ofertas hasta el 13 de enero de 2026. Establece una contratación por un año, pago anual a 45 días de la aprobación de la factura y una garantía de fiel cumplimiento del 4%, o del 1% para MIPYMES certificadas, con vigencia indicada de un año.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego fija la vigencia de la garantía de fiel cumplimiento en un año desde la suscripción, igual que el plazo contractual. El reglamento establece que debe mantenerse hasta la liquidación; si esta ocurre después, la garantía podría vencer antes de que se cierre la contratación.
“La vigencia de la garantía del fiel cumplimiento del Contrato deberá ser por un periodo de un (1) año contado a partir de la suscripción del Contrato.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 202 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 202 — Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 202. Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento. La garantía de fiel cumplimiento se mantendrá vigente hasta la liquidación del contrato u orden de compra o servicio. En el caso de la prestación de servicios y la contratación de obras, la garantía de fiel cumplimiento asegurará, además, el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del proveedor. Párrafo I. En la contratación de obras, la garantía permanecerá vigente hasta la recepción y verificación de la inexistencia de fallas y desperfectos en la construcción por parte de la institución contratante. Si existieran fallas o desperfectos, debidamente demostrados y notificados al adjudicatario y este se…
ELECTOSOFT CARIBE S.R.L.Destinatario de la solicitud de propuesta por contratación directa bajo la excepción de proveedor único; el documento no consigna evaluación ni adjudicación.
Mencionado
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FGJ Multimedios, SRLEl portal registra una oferta cargada y pendiente; el documento no consigna evaluación ni adjudicación de este oferente.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona