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Pliego

PLIEGO DE CONDICIONES CP-0016.pdf

ADQUISICIÓN DE PLATAFORMA PARA EL MONITOREO Y SOPORTE DE LOS SISTEMAS DE SEGURIDAD INFORMÁTICA DE LA INSTITUCIÓN · Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia

Publicado el 26 dic de 202557 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso CONANI-CCC-CP-2025-0016

Lo que dice

El pliego fija las condiciones de la comparación de precios CONANI-CCC-CP-2025-0016 para adquirir una plataforma y servicios de monitoreo y soporte de seguridad informática, con presupuesto base de RD$5,000,000 y recepción de ofertas prevista para el 12 de enero de 2026. Establece evaluación de credenciales, documentación financiera y técnica, y adjudicación del ítem único al menor precio entre las ofertas habilitadas. Incluye requisitos de experiencia, certificaciones y capacidades del proveedor que conviene revisar por su posible efecto sobre la competencia.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentosRD$5 millones

Requisitos de SOC y experiencia local potencialmente restrictivos

Documento del 26 dic 2025 · hace 9 meses

El pliego exige, entre otras condiciones, al menos tres SOC redundantes en Latinoamérica, cinco clientes locales para acreditar experiencia y un mínimo de diez técnicos certificados. El conjunto puede reducir significativamente el universo de oferentes para un contrato de un año y merece verificarse frente a estudios de mercado y la necesidad concreta del servicio.

“Contar con mínimo 3 SOC's redundantes en el territorio Latinoamericano. … El proveedor deberá de contar con la experiencia necesaria para la prestación de servicios de SOC, mínimo 5 clientes locales, lo cual será comprobado con”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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A revisarHallazgo en documentosRD$5 millones

Especificaciones enumeran módulos tecnológicos muy concretos

Documento del 26 dic 2025 · hace 9 meses

El pliego prescribe una lista extensa de módulos con denominaciones técnicas específicas, además de numerosas capacidades detalladas. Aunque no identifica una marca, conviene comprobar que estas características describen necesidades funcionales neutrales y que existen distintas soluciones disponibles que puedan cumplirlas.

“Deberá de contar con los siguientes módulos de protección de ejecución de exploits: DLL Security, DLL-Hijacking Protection, Stack Pivot, Stack Protect, Overwrite Code, RAM Scraping, Malicious Payload, System Call Monitoring, Direct”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

A revisarHallazgo en documentos

Actividad UNSPSC exigida difiere de la clase indicada para el objeto

Documento del 26 dic 2025 · hace 9 meses

El pliego describe el objeto bajo la clase 43232801, software de monitoreo de red, pero exige que el RPE tenga inscrita la actividad 43231512, software de manejo de licencias. Esa diferencia puede excluir proveedores de la clase descrita para el objeto o generar incertidumbre sobre qué actividad habilita la participación.

“clasificada bajo el rubro -clase … Software de monitoreo de Red … debe tel ler inscrita, conforme a la codificaci6n UNSPSC la actividad comercia1 … Software de mane jo de licencias”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

A revisarHallazgo en documentos

Certificación del fabricante exige categoría más alta

Documento del 26 dic 2025 · hace 9 meses

Se requiere una carta del fabricante que acredite la categoría más alta vigente para la solución de endpoint y autorice su comercialización e implementación; además, se declara no subsanable. La condición vincula la habilitación a una clasificación comercial otorgada por el fabricante y merece revisión por su proporcionalidad y efecto sobre la concurrencia.

“EI oferente deber anexar carta oficial del fabricante que certifique que posee la categoria ms alta vigente de la soluci6n de endpoint ofertada y que es b autorizado a comercializarla e implementarla; la carta deberg estar dirigida al”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

ContextoHallazgo en documentos

Pliego declara no subsanable la certificación bancaria, pese al art. 120

Documento del 26 dic 2025 · hace 9 meses

El pliego califica como NO SUBSANABLE la certificación bancaria de disponibilidad económica (secciones 8.1.b.c y 9.1.2), aunque el artículo 120 del Reglamento 416-23 —que el propio pliego cita en su nota al pie— dispone que los documentos de credenciales son subsanables si el requisito se cumplía al presentar la oferta o es inherente a la capacidad del oferente. En este proceso no se registró exclusión por esa causa: participó un solo oferente, que fue habilitado y adjudicado.

“Certificaci6n Bancaria(como minimo una 1), en original debidamente armada y sellada, (con fecha no mayor a I mes) dirigida al Consejo Nacional para la NIAez y la Adolescencia (CONANI), en la que certifique que posee cuentas (corriente o”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 120 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas

Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…

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Otros documentos del proceso (22)

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  • Formulario de Compromiso ético de proveedores.pdfDocumento · 22 oct de 2025
  • SNCC F 042 Formulario Informacion oferente.docxDocumento · 22 oct de 2025
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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Acta i nicio CP-0016.pdf
Pliego · 26 dic de 2025
  • Requerimiento Plataforma Seguridad.pdfDocumento · 26 dic de 2025
  • ACTA DE ADJUDICACION_0001.pdfActa de adjudicación · 3 feb de 2026 · 1 señal
  • ACTA APERTURA SOBRE B CP-2025-0016.pdfActa · —
  • Acta aprobación informe definitivo CP-2025-0016.pdfInforme de evaluación · —
  • Acta de adjudicación CP-2025-0016.pdfActa de adjudicación · —
  • CONTRATO DEVEL GROUP.pdfContrato · —
  • Cuota compromiso CP-0016.pdfDocumento · —
  • Evaluación economica CP-2025-0016.pdfInforme de evaluación · —
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