miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

PLIEGO TERCERA VERSION CP-2025-0007.pdf

Proyecto de remodelación del edificio sede central de la Digemaps · Dirección General de Medicamentos, Alimentos y Productos Sanitarios

Publicado el 29 dic de 202547 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso DIGEMAPS-CCC-CP-2025-0007

Lo que dice

La tercera versión del pliego de condiciones de la comparación de precios DIGEMAPS-CCC-CP-2025-0007 establece las bases para remodelar la sede central de DIGEMAPS, con presupuesto base de RD$85,428,333.13 y plazo de ejecución máximo de diez meses. Define una evaluación combinada de hasta 70 puntos técnicos y 30 económicos, con un mínimo de 56 puntos técnicos para abrir la oferta económica. El documento está fechado en diciembre de 2025 y designa a Antonio Gómez Ortiz como supervisor o responsable del contrato.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentos

Contradicción sobre apertura de ofertas económicas

Documento del 29 dic 2025 · hace 9 meses

El pliego indica que en el acto de apertura se abrirán las ofertas técnicas y económicas, aunque en otras secciones dispone dos etapas y que la oferta económica se abra después de la evaluación técnica. La contradicción puede afectar la confidencialidad y la separación de etapas previstas para las ofertas económicas.

“En el acto de apertura se hará constar las ofertas tanto técnicas como económicas recibidas, tanto en formato o soporte papel como electrónicamente vía la plataforma SECP, y se procederá a la apertura de las ofertas técnicas y económicas”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 110 · Reglamento 416-23, art. 114 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 110 — División de las propuestas

Artículo 110. División de las propuestas. Las propuestas deberán contener una oferta técnica y una oferta económica. Estas ofertas deberán presentarse por separado a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), el cual garantizará la encriptación de las ofertas presentadas, o en soporte papel en el lugar y fecha establecidos en el pliego de condiciones. Cuando las propuestas sean presentadas en soporte papel, la oferta técnica y la oferta económica deberán presentarse mediante sobres separados y sellados para garantizar la confidencialidad.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 114 — División de etapas

Artículo 114. División de etapas. Como principio general, todos los procedimientos de selección respetarán en su etapa de evaluación, la división de los siguientes aspectos: a) Las credenciales u oferta técnica, y, por otro lado, b) La oferta económica. En consecuencia, deberá separarse en dos etapas: 1. Primera etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas. 2. Segunda etapa. La apertura y evaluación de las ofertas económicas. Párrafo I. Solo se procederá a la apertura de las ofertas económicas una vez concluida la evaluación de credenciales, ofertas técnicas, subsanación y muestras, si aplican, y…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Antigüedad societaria mínima de ocho años

Documento del 29 dic 2025 · hace 9 meses

El pliego exige que el Registro Mercantil refleje una sociedad constituida con un mínimo de ocho años. Es un requisito de elegibilidad que excluye a empresas más recientes, sin que el documento exponga una justificación vinculada a la complejidad o al presupuesto de la obra.

“Copia del Certificado de Registro Mercantil Vigente. (El mismo debe reflejar la constitución de ¡a sociedad con un mínimo de 8 años).”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 82 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

A revisarHallazgo en documentos

Perfiles requeridos y perfiles puntuados no coinciden

Documento del 29 dic 2025 · hace 9 meses

La lista de personal requerido incluye un arquitecto de proyecto, pero la tabla de puntuación incorpora un gerente de proyecto y no presenta un criterio puntuable para el arquitecto. La falta de correspondencia puede generar incertidumbre sobre cómo se asignan los puntos al personal propuesto.

“b) Un (1) Arquitecto de Proyecto … Un Gerente de Proyecto”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 81 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

A revisarHallazgo en documentos

Ponderación elevada de la experiencia específica

Documento del 29 dic 2025 · hace 9 meses

El pliego asigna hasta 25 de los 70 puntos técnicos a la experiencia como contratista: 20 puntos por seis o más certificaciones de obras de magnitud y naturaleza similar y cinco por certificaciones de entrega a tiempo. Esa ponderación puede incidir sustancialmente en la habilitación y requiere revisar su proporcionalidad y justificación para esta obra.

“6 o más certificaciones: 20 puntos. 3-5 Certificaciones: 13 puntos. 1-2 Certificaciones: 7 puntos … Certificaciones de entrega a tiempo 3 o más certificaciones: 5 puntos”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

ContextoHallazgo en documentos

Actividad UNSPSC descrita como preferible y luego obligatoria

Documento del 29 dic 2025 · hace 9 meses

En la descripción del objeto, la actividad comercial 72100000 se presenta como preferible; en los requisitos de elegibilidad, se exige que esté inscrita en el RPE. La diferencia entre ambas formulaciones puede afectar la interpretación de la habilitación de oferentes.

“por lo que los oferentes deberán tener, por igual, preferiblemente la actividad comercial — servicios de mantenimiento y reparaciones de construcciones c instalaciones.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Otros documentos del proceso (34)

  • Levantamiento fotográfico.pdfDocumento · 8 dic de 2025
  • Levantamiento Técnico.pdfDocumento · 8 dic de 2025
  • Planos Edificio Lincoln.rarDocumento · 8 dic de 2025
  • Planos nuevos.pdfDocumento · 8 dic de 2025
  • Presupuesto DIGEMAPS.xlsxDocumento · 8 dic de 2025
  • Formulario 033.docxDocumento · 8 dic de 2025
  • Formulario 034.docxDocumento · 8 dic de 2025
  • Formulario 042.docxDocumento · 8 dic de 2025
  • formulario compromiso etico.docxDocumento · 8 dic de 2025
  • REQUERIMIENTO REMODELACION EDIFICIO DIGEMAPS.pdfSolicitud de compra · 8 dic de 2025
  • APROBACION DE PRESIDENCIA REMODELACION.pdfDocumento · 8 dic de 2025
  • ACTA DE APROBACION REMODELACION SDE DIGEMAPS.pdfPliego · 8 dic de 2025

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Reglamento 416-23, artículo 81 — Metodología de evaluación

Artículo 81. Metodología de evaluación. Las ofertas podrán ser evaluadas bajo las siguientes metodologías: 1. Metodología cumple/no cumple, en la que se establecen criterios mínimos que deben ser acreditados por las ofertas técnicas o económicas presentadas. 2. Metodología de puntaje, en la que se establecen criterios mínimos y máximos a los que se les asigna una puntuación considerada como proporcional de acuerdo con el nivel alcanzado. En este tipo de metodología será necesario desglosar todas las puntuaciones que pueden ser asignadas a cada requisito exigido. 3. Metodología combinada, que consiste en la aplicación tanto del método cumple/no cumple como el puntaje para la evaluación de…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
  • pliego remodelacion edificio sede DIGEMAPS.pdfPliego · 8 dic de 2025 · 4 señales
  • Términos de Referencia (TDR) para la remodelación del Edificio.pdfPliego · 8 dic de 2025 · 1 señal
  • APROBACION DE PRESIDENCIA REMODELACION.pdfResolución · 8 dic de 2025
  • APROBACION DE PRESIDENCIA REMODELACION.pdfInforme pericial · 8 dic de 2025
  • 9.Declaracion Jurada de Cumplimiento.docxDocumento · 8 dic de 2025
  • 8.Declaración Jurada.docxDocumento · 8 dic de 2025
  • EMIENDA AL PLIEGO CP-2025-0007.pdfEnmienda · 19 dic de 2025 · 2 señales
  • PLIEGO SEGUNDA VERSION CP-2025-0007.pdfPliego · 19 dic de 2025 · 3 señales
  • Enmienda Núm. 2 CP-2025-0007.pdfEnmienda · 26 dic de 2025
  • CIRCULAR 01 CP-2025-0007.pdfCircular · 29 dic de 2025
  • CIRCULAR RESPUESTA CP-2025-0007.pdfCircular · 6 ene de 2026 · 1 señal
  • CIRCULAR 02 CAMBIO DE PERITOS CP-2025-0007.pdfCircular · 13 ene de 2026 · 1 señal
  • Circular 03 CP-2025-0007 .pdfCircular · 10 feb de 2026 · 1 señal
  • NOTIFICACION DE ERRONES DE NATURALEZA SUBSANABLES CP-2025-0007.pdfDocumento · 9 mar de 2026
  • CIRCULAR 04-2026 PROCESO DIGEMAPS-CCC-CP-2025-0007.pdfCircular · 10 mar de 2026 · 1 señal
  • ACTA DE ADJUDICION PROCESO CP-2025-0007.pdfActa · 20 abr de 2026 · 3 señales
  • ACTA DE ADJUDICION PROCESO CP-2025-0007.pdfActa · —
  • ACTA DE APROB INFORME DE EVALUACION OFERTA ECONOMICA CP-0007.pdfInforme de evaluación · —
  • ACTA DE COMPROBACION APERTURA SOBRE B CP-2025-0007.pdfActa · —
  • CONTRATO CQ CP-2025-0007 EDIFICIO.pdfContrato · —
  • INFORME DEFINITIVO EVALUACION ECONOMICA CP-2025-0007.pdfInforme de evaluación · —
  • Informe final del portalDocumento · —