El acta núm. 0007-25, fechada el 18 de diciembre de 2025, adjudica RD$5,941,300 a 20 oferentes por servicios de transmisión y publicidad, con una apropiación certificada de RD$6,000,000. El acta afirma que el Comité se reunió y resolvió adjudicar antes de la convocatoria registrada para el 24 de diciembre de 2025. También dispone adjudicaciones individuales aunque la ficha técnica aportada establecía adjudicación global al oferente que cumpliera y presentara el menor precio.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La ficha técnica aportada establece adjudicación global al oferente que cumpla los requisitos y presente la menor oferta; el acta adjudica por separado a 20 destinatarios, por RD$5,941,300 en total. El reparto y el criterio aplicado no coinciden con la regla de adjudicación publicada en la ficha.
“SEGUNDO: ADJUDICAR como al efeto ADJUDICA, a la razón social DONQUEANDO, S.R.L. el monto de CIENTO SETENTA Y SIETE MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$177,000.00), para la contratación de publicidad a través de medios de comunicación socia”
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación
Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…
El acta sitúa la reunión y la decisión de adjudicación el 18/12/2025, mientras que la convocatoria del proceso figura el 24/12/2025. La secuencia consignada coloca la decisión de quién recibe los fondos antes del llamado registrado.
“se han reunido, hoy día dieciocho (18) del mes de diciembre del año dos mil veinticinco (2025). … RESUELVE: PRIMERO: APROBAR como al efecto APRUEBA, el procedimiento de Excepción directa, y a su vez procedemos Adjudicar”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 15 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 15
ART. 15. Las actuaciones que se listan a continuación deberán formalizarse mediante un acto administrativo: 1) La convocatoria y determinación del procedimiento de selección; 2) La aprobación de los pliegos de condiciones; 3) La calicación de proponentes en los procesos en dos etapas en los aspectos de idoneidad, solvencia, capacidad y experiencia; 4) Los resultados de análisis y evaluación de propuestas económicas; 5) La adjudicación; 6) La resolución de dejar sin efecto o anular el proceso en alguna etapa del procedimiento o en su globalidad, así como de declarar desierto o fallido el proceso; 7) La aplicación de sanciones a los oferentes o contratistas; 8) Los resultados de los actos…
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
El acta adjudica RD$177,000 al Instituto de Educación y Formación Pedagógico Sindical ADP-INSFOPED, E.I.R.L.; los contratos informados desde el portal enumeran 19 proveedores y no incluyen a esa entidad. La diferencia de RD$177,000 entre el total adjudicado en el acta y los contratos listados requiere verificar la formalización; el registro del portal podría estar incompleto o atrasado.
“DECIMO OCTAVO: ADJUDICAR como al efeto ADJUDICA, a la razón social INSTITUTO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PEDAGÓGICO SINDICAL ADP-INSFOPED, E.I.R.L., el monto de CIENTO SETENTA Y SIETE MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$177,000.00), para la c”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 164 · Reglamento 416-23, art. 167 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
Reglamento 416-23, artículo 167 — Publicidad del contrato u orden de compra o servicio
Artículo 167. Publicidad del contrato u orden de compra o servicio. El contrato, orden de compra u orden de servicio que se suscriba, deberá difundirse por el SECP y en el portal institucional, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su perfeccionamiento.
El Comité declara subsanada y cubierta cualquier inobservancia operativa, pero no identifica en este pasaje cuáles fueron ni qué medidas concretas las corrigieron. La fórmula general merece revisión porque no permite determinar qué actuaciones fueron regularizadas antes de adjudicar.
“Este Comité de Compras y Contrataciones del INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACION FISICA (INEFI), a través del presente acto administrativo subsana y cubre cualquier inobservancia que se haya presentado en la ejecución operativa del proceso, debi”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 13 · Ley 340-06, art. 15 · con ChatLeyes
Artículo 13. Actos administrativos. Todas las actuaciones que se realicen en el procedimiento de selección serán formalizadas mediante actos administrativos que deberán estar debidamente motivados. En consecuencia, además de aquellas previstas en el artículo 15 de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, de manera enunciativa y no limitativa, aplicarán para: 1) La decisión de suspender el procedimiento en alguna etapa o en su globalidad. 2) La respuesta a los recursos o las solicitudes de investigación recibidas. 3) La aplicación de sanciones a los servidores públicos. Párrafo I. Los actos administrativos, y todos los documentos que componen el expediente administrativo, podrán ser firmados…
ART. 15. Las actuaciones que se listan a continuación deberán formalizarse mediante un acto administrativo: 1) La convocatoria y determinación del procedimiento de selección; 2) La aprobación de los pliegos de condiciones; 3) La calicación de proponentes en los procesos en dos etapas en los aspectos de idoneidad, solvencia, capacidad y experiencia; 4) Los resultados de análisis y evaluación de propuestas económicas; 5) La adjudicación; 6) La resolución de dejar sin efecto o anular el proceso en alguna etapa del procedimiento o en su globalidad, así como de declarar desierto o fallido el proceso; 7) La aplicación de sanciones a los oferentes o contratistas; 8) Los resultados de los actos…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona