miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

PLIEGO CONSTRUCCION PEAJE NAVARRETE.pdf

CONSTRUCCIÓN ESTACIÓN DE PEAJE CIRCUNVALACIÓN NAVARRETE – PROVINCIA SANTIAGO · FIDEICOMISO Vial RD

Publicado el 18 dic de 202568 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso FIDEICOMISO-CCC-LPN-2025-0011

Lo que dice

El pliego establece las bases de la Licitación Pública Nacional FIDEICOMISO-CCC-LPN-2025-0011 para construir la estación de peaje de la Circunvalación Navarrete, con presupuesto estimado de RD$250,000,000 y un único lote. La convocatoria es del 18 de diciembre de 2025 y fija un máximo de 200 días calendario para ejecutar la obra, además de requisitos de experiencia, equipo, personal y evaluación técnica y económica. El documento describe un criterio económico que asigna 20 puntos en algunas partes y 30 en otra, y exige una actividad comercial específica del RPE correspondiente a servicios profesionales de ingeniería.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentosRD$200 millones

Experiencia previa de magnitud elevada como requisito habilitante

Documento del 18 dic 2025 · hace 9 meses

Para una obra estimada en RD$250,000,000, el pliego exige tres proyectos de tipos distintos y que uno tenga un monto equivalente al 80% del presupuesto estimado, es decir, RD$200,000,000. Junto con el mínimo de diez años de ejercicio, la exigencia puede reducir sustancialmente el universo de participantes; conviene verificar su proporcionalidad frente al objeto y el mercado.

“El oferente deberá demostrar haber ejecutado un mínimo de tres (03) proyectos en la construcción, fabricación e instalación de estructuras metálicas, carreteras y edificaciones, un proyecto de cada tipo, el monto de contratación y ejecución”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Actividad comercial del RPE exigida puede limitar la participación

Documento del 18 dic 2025 · hace 9 meses

Aunque el objeto es una obra de construcción, el pliego exige que el RPE tenga inscrita la actividad 81100000, descrita como servicios profesionales de ingeniería. La correspondencia de esa clasificación con la actividad de ejecución de obras y su efecto sobre empresas registradas en rubros de construcción merece verificación.

“Registro de Proveedores del Estado (RPE), emitido por la Dirección General de Contrataciones Públicas, debe tener inscrita, conforme a la codificación UNSPSC la actividad comercial - Servicios profesionales de ingeniería referida en el nume”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

A revisarHallazgo en documentos

Puntaje económico contradictorio en el pliego

Documento del 18 dic 2025 · hace 9 meses

El pliego fija 20 puntos máximos para la oferta económica, pero también indica que la oferta de menor precio recibirá 30 puntos. La contradicción puede afectar la ponderación económica y el puntaje total, por lo que debe verificarse cuál regla se aplicó antes de evaluar y adjudicar.

“El puntaje máximo asignado a la oferta económica es de 20 Puntos. … Esta metodología consiste en identificar la oferta de menor precio y asignarle el puntaje máximo de 30 puntos”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 72 · Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Otros documentos del proceso (24)

  • Documentos estandarizados.zipDocumento · 17 dic de 2025
  • Constancia Periodico 18-dic.zipDocumento · 18 dic de 2025
  • Convocatoria.pdfDocumento · 18 dic de 2025
  • SOLICITUD DE COMPRAS.pdfSolicitud de compra · 18 dic de 2025
  • DICTAMEN JURIDICO.pdfDictamen · 18 dic de 2025
  • Acta de inicio.pdfPliego · 18 dic de 2025 · 1 señal
  • Acta de inicio.pdfInforme pericial · 18 dic de 2025
  • Anexos.zipDocumento · 18 dic de 2025
  • Estudio previo.pdfEstudio previo · 18 dic de 2025 · 1 señal
  • CERTIFICACION DE APROPIACION.pdfCertificación de fondos · 18 dic de 2025
  • Constancia 19-dic.zipDocumento · 19 dic de 2025
  • Constancia Periodico 18-dic.zipDocumento · 19 dic de 2025

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación

Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
Acta de enmienda No. 1.pdfEnmienda · 28 ene de 2026 · 2 señales
  • ACTA DE APROBACION CIRCULAR RESPUESTAS.pdfCircular · 30 ene de 2026 · 1 señal
  • Anexo planos.zipCircular · 30 ene de 2026
  • Acta enmienda No. 2.pdfEnmienda · 24 feb de 2026
  • ACTA ENMIENDA III.pdfEnmienda · 13 mar de 2026
  • Acta de Adjudicacion LPN-2025-0011.pdfActa de adjudicación · 16 abr de 2026 · 1 señal
  • Informe final del portalDocumento · —
  • 13126063Documento · —
  • 13126064Documento · —
  • 13126065Documento · —
  • 13126066Documento · —
  • 13126062Documento · —