El Acta de Adjudicación No. CCC-2025-12, de fecha 2025-12-10, adjudica a Suplidora Mara, SRL la compra de 1,342 botas tácticas color coyote por RD$6,647,959.07, a RD$4,953.77 por unidad. El comité aprobó por unanimidad la recomendación pericial; el acta consigna que solo un oferente fue calificado para la apertura económica.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta consigna que solo Suplidora Mara fue calificada y recibió la adjudicación por RD$6,647,959.07, cerca del estimado portal de RD$6,650,952. El portal registra para Universal Ordenance una oferta de RD$5,099,600, pero al no haber sido habilitada técnicamente no es directamente comparable; conviene revisar los fundamentos de esa evaluación y si hubo puja o adjudicación directa conforme a las reglas de la subasta inversa.
“Que, solo fueron interesados cinco (5) empresas las cuales solo 3 enviaron sus ofertas económicas tales como indicamos a continuación: FABREGAS SERVICES, SRL, SUPLIDORA MARA S.R.L y UNIVERSAL ORDENANCE, SRL de las cuales solo una (1) fue ca”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 145 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 145 — Puja electrónica y adjudicación
Artículo 145. Puja electrónica y adjudicación. Solo pueden participar en la puja electrónica aquellos oferentes que su propuesta técnica y económica inicial haya sido habilitada por cumplir con todo lo establecido en el pliego de condiciones. Para la puja se requiere que al menos dos oferentes hayan sido habilitados y estén conectados en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), conforme con el día y hora previstos en el cronograma. Se adjudicará al oferente que haya presentado el menor precio dentro del tiempo de la puja. Párrafo I. Si solo existiese un oferente conectado con una oferta inicial presentada, la institución podrá adjudicarlo directamente sin realizar la puja.…
El acta adjudica a Suplidora Mara el suministro de botas; según la consulta DGII aportada, realizada el 2026-09-27, su actividad vigente es venta al por mayor de muebles para oficinas. Ese dato posterior no establece cuál era su actividad al adjudicarse el contrato, pero amerita verificar la compatibilidad de su objeto y capacidad comercial en la fecha del proceso.
“SEGUNDO: Adjudicar a la empresa, SUPLIDORA MARA S.R.L, los siguientes ítems:”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 8
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona