El pliego CAASD-CCC-SI-2025-0002, fechado únicamente como octubre de 2025, establece una subasta inversa para adquirir 40 camiones tipo tanquero, con presupuesto estimado de RD$333,173,600. El cronograma prevé convocatoria el 17/12/2025, puja el 17/02/2026 y adjudicación el 02/03/2026; el documento fija requisitos técnicos, financieros y de garantía, incluidos algunos que ameritan revisión.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Se exige una línea de crédito de RD$33,317,360, o de RD$16,658,680 para MIPYMES, sobre un presupuesto de RD$333,173,600. Por su magnitud y al ser un requisito de habilitación, merece revisión de proporcionalidad respecto del objeto y de la capacidad financiera efectivamente necesaria para ejecutarlo.
“Línea de crédito por 10% del monto estimado de la contratación (las MIPYMES podrán presentar una línea de crédito por el 5% del monto estimado).”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 82 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
El pliego exige una garantía de seriedad del 1%, aunque el artículo 195 del Reglamento 416-23 dispone que no se solicitará en subastas inversas. Además, fija en una sección su vencimiento para el 05/12/2025, antes de la convocatoria, y en otra para el 23/03/2026; la exigencia y las fechas discordantes pueden generar costos y criterios inciertos de habilitación.
“los oferentes/proponentes deberán constituir una garantía de seriedad de su oferta que cumpla con las siguientes características: … 4) Incondicional, irrevocable y renovable; con una vigencia hasta el día 05 de diciembre del 2025.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 195 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 195 — Garantía de mantenimiento y seriedad la oferta
Artículo 195. Garantía de mantenimiento y seriedad la oferta. Es aquella que se constituye a favor del ente u órgano contratante, a fin de asegurar el mantenimiento y seriedad de las condiciones técnicas y precios de la propuesta presentada, hasta la suscripción del contrato. Párrafo. En los sorteos de obras, subasta inversa y en los procedimientos de excepción por selección directa no se solicitará presentación de garantía de mantenimiento de seriedad de la oferta. En los casos de emergencia nacional, las instituciones contratantes determinarán la razonabilidad de requerir o no este tipo de garantía, considerando el tiempo otorgado entre la convocatoria, la presentación de oferta y la…
El pliego hace no subsanable demostrar que la marca lleva al menos cinco años en el mercado dominicano. Ese requisito puede excluir marcas o proveedores técnicamente aptos por su trayectoria local, sin que el pliego citado vincule el plazo con una necesidad técnica concreta; conviene verificar su proporcionalidad y efecto sobre la competencia.
“Documentación que demuestre que la marca vehículo propuesto tiene al menos cinco (5) años en el mercado dominicano. (No subsanable)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
Una cláusula establece entre 90 y 120 días hábiles desde cada requerimiento; otra fija un máximo de 120 días desde el registro del contrato en la Contraloría. La diferencia puede alterar el tiempo disponible para suministrar los bienes y dificultar la comparación de compromisos y el control de cumplimiento.
“Una vez recibido el requerimiento por parte de la institución, el oferente dispondrá de un mínimo de noventa (90) días hábiles y un máximo de ciento veinte (120) días hábiles para la entrega de los bienes. … El adjudicatario (a) deberá entr”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 166 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 166 — Contrato u orden de compra a requerimiento
Artículo 166. Contrato u orden de compra a requerimiento. Se podrá establecer en el pliego de condiciones del procedimiento de contratación la entrega a requerimiento, cuando se trate de la contratación de bienes o servicios de uso frecuente, y sea posible realizar una estimación de consumo durante un período determinado. En estos casos, la institución contratante podrá requerir la entrega de los bienes y servicios adjudicados durante el lapso de duración previsto y al precio unitario contratado, de acuerdo con sus necesidades y con una frecuencia preestablecida y acordada en el contrato. Párrafo I. En el pliego de condiciones se advertirá que la institución contratante no asume el…
El pliego califica como incumplimiento la mora imputable superior a 120 días, pero prevé ejecutar garantías por cinco días hábiles de retraso y rescindir unilateralmente por diez. La diferencia entre el umbral de incumplimiento descrito y las consecuencias tempranas merece revisión por su impacto sobre el riesgo contractual y la aplicación uniforme de las penalidades.
“a) La mora del proveedor en la entrega de los bienes por causas imputables a éste por más de ciento veinte (120) días; … 2) Ejecución de las garantías: Por cinco (05) días hábiles de retraso por razones imputadas al proveedor, no considerad”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 209 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 209 — Ejecución de las garantías
Artículo 209. Ejecución de las garantías. Las garantías serán ejecutadas como penalidad impuesta al proveedor, adjudicatario o contratista, atendiendo a los siguientes casos: 1. Garantía de mantenimiento de la oferta. Esta garantía será ejecutada cuando: a) el oferente retire su oferta sin justa causa y b) el adjudicatario se rehúse a la presentación de la garantía de fiel cumplimiento y posterior firma del contrato, de forma injustificada. 2. Garantía de fiel cumplimiento. Esta garantía será ejecutada en los casos de incumplimiento y falta a las obligaciones generadas por el contrato u orden de compra o de servicio. 3. Garantía de buen uso del anticipo. Esta garantía será ejecutada cuando…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona