El pliego enmendado establece una compra de equipos tecnológicos y servicios de instalación en tres lotes, con presupuesto referencial de RD$5,572,450.45 y recepción de ofertas prevista para el 18 de diciembre de 2025. Según el resumen de la enmienda, se eliminaron referencias específicas en dos requisitos de experiencia y se fijó la vigencia de la garantía de seriedad en 20 días.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se reduce la especificidad de la relación entre la experiencia acreditada y los equipos objeto de la compra..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
El pliego indica un plazo aparentemente de dos días hábiles para impugnarlo desde la convocatoria (el texto OCR presenta «dá días»). La Ley 340-06 establece diez días y el Reglamento 416-23 fija diez días hábiles para impugnar, por lo que la cláusula podría restringir el tiempo disponible para recurrir.
“El plazo para los(as) interesados(as) impugnar el pliego de condiciones es dá días hábiles a partir de la convocatoria del procedimiento en el SECP; mientl que para los (as) oferentes presentar las acciones descritas será a partir de las no”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 67 · Reglamento 416-23, art. 215 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 67
ART. 67. Toda reclamación o impugnación que realice el proveedor a la entidad contratante deberá formalizarse por escrito. La reclamación o impugnación seguirá los siguientes pasos: 1) El recurrente presentará la impugnación ante la entidad contratante en un plazo no mayor de diez días (10) a partir de la fecha del hecho impugnado o de la fecha en que razonablemente el recurrente debió haber conocido el hecho. La entidad pondrá a disposición del recurrente los documentos relevantes correspondientes a la actuación en cuestión, con la excepción de aquellas informaciones declaradas como confidenciales por otros oferentes o adjudicatarios, salvo que medie su consentimiento. 2) En los casos de…
Reglamento 416-23, artículo 215 — Recursos de impugnación
Artículo 215. Recursos de impugnación. Los recursos de impugnación procederán contra todos los actos administrativos que afecten derechos, causen un perjuicio directo a los interesados o pongan fin al procedimiento de contratación pública o una etapa de este. Párrafo I. El recurrente deberá interponer su impugnación ante la misma institución contratante que dictó el acto impugnado, dentro de un plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación del acto que contenga el texto íntegro de la respuesta y la indicación de las vías y plazos para recurrirla o de la fecha en que razonablemente el recurrente debió haber conocido el hecho. Párrafo II. Puede impugnar cualquier…
La lista de requisitos técnicos exige un cronograma de instalación para los lotes 1 y 2, mientras que la tabla de evaluación incluye un plan de capacitación y no reproduce ese cronograma. La diferencia deja incierto qué documentación será exigida y evaluada como criterio habilitante.
“Cronograma de Instalación de equipos: Propuesta detallada del programa de Instalación de los equipos de tecnología ofertados CORAAPPLATA.(aplicable a LOTE 1Y LOTE 2) (Subsanable) … Propuesta detallada del programa de capacitación para el pe”
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
El pliego fija RD$5,572,450.45, mientras que el portal registra un monto estimado de RD$5,546,449.85: una diferencia de RD$26,000.60. Ambos montos quedan bajo el umbral de comparación de precios para bienes en 2025, pero conviene verificar cuál cifra se utilizó como presupuesto base y disponibilidad del proceso; el portal podría estar desactualizado.
“El presupuesto estimado para la ejecución de la presente contratación asciende a la suma de CINCO MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y DOS MIL CUATRO CIENTOS CINCUENTA PESOS CON 45/100 (RD$ 5,572,450.45), con impuestos incluidos de Ley y cualquier”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
Cambios que introduce (2)
Sección
Antes
Después
Efecto
Requisitos de experiencia técnicaReferencias específicas a equipos en dos requisitos de experiencia
Según el resumen de la enmienda, dos requisitos de experiencia incluían referencias específicas a equipos de medición, hidráulicos o de saneamiento.
El pliego exige experiencia mínima de cinco años en el suministro de bienes similares y tres certificaciones de contratos ejecutados; el resumen de la enmienda indica que se suprimieron aquellas referencias específicas.
RelajaQuita un control: Se reduce la especificidad de la relación entre la experiencia acreditada y los equipos objeto de la compra.
Oferta económica, garantía de seriedadVigencia de la garantía de seriedad de la oferta
El plazo previo no se detalla en la información de la enmienda disponible.
El pliego establece vigencia mínima de 20 días y cobertura hasta 20 días después de la fecha prevista para suscribir el contrato.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.