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Pliego

pliego pdf cp-0043.pdf

CONSTRUCCION DE AREA EXTERIO, FACHADA, OFICINAS, SALON DE REUNIONES, PARQUEOS DEL EDIFICIO DE LA CEDE MUNICIPAL DE LOS ALCARRIZOS, EN LA REGION NORTE II. · Ayuntamiento Municipal de Los Alcarrizos

Publicado el 16 dic de 202546 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso AYUNT LOS ALCARRIZOS-CCC-CP-2025-0043

Lo que dice

El pliego establece las reglas de la comparación de precios AYUNT LOS ALCARRIZOS-CCC-CP-2025-0043 para una obra con presupuesto base de RD$73,964,766.49 y plazo de ejecución de tres meses. Entre sus condiciones, restringe la participación a proveedores cuyo RPE tenga asiento en Los Alcarrizos y fija requisitos financieros, técnicos y económicos para evaluar las ofertas.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (7)

A revisarHallazgo en documentos

Dos retenciones del 5% mencionan costos de supervisión

Documento del 16 dic 2025 · hace 9 meses

El pliego contempla una retención del 5% para personal de inspección y supervisión como costo indirecto y, en otra cláusula, otra retención del 5% para personal técnico de inspección y supervisión. La redacción no aclara si son conceptos distintos o si podrían acumularse, por lo que conviene verificar la base de cálculo y el efecto sobre los pagos.

“El Ayuntamiento Municipal de Los Alcarrizos podrá retener, el 5% de retención del costo de la obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará permanentemente la obra, será imputado en cada pago al valor agregado en”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

Participación restringida a proveedores con asiento local en el RPE

Documento del 16 dic 2025 · hace 9 meses

El pliego dirige el proceso a proveedores cuyo RPE tenga asiento en el municipio de Los Alcarrizos, lo que excluye a empresas de otras localidades aunque puedan ejecutar la obra. Conviene verificar la justificación y el efecto de esta condición sobre la competencia.

“CON EL PROPÓSITO DE DAR PARTICIPACIÓN A LA MANO DE OBRA LOCAL EL PRESENTE PROCESO DE COMPARACIÓN DE PRECIO, ESTÁ DIRIGIDO A LOS PROVEEDORES CON ASIENTO EN SU RPE EN EL MUNICIPIO DE LOS ALCARRIZOS.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Montos de experiencia del personal quedan sin definir

Documento del 16 dic 2025 · hace 9 meses

El pliego exige experiencia del responsable y del residente en obras de montos aproximados expresados como «RD$XXX.X», sin indicar los valores. Además, otra sección fija para el personal principal una experiencia mínima de dos años, mientras que para el responsable de obra se mencionan tres años; la falta de parámetros completos puede dificultar una evaluación uniforme.

“Experiencia profesional del Personal Principal (SNCC.D.048) y certificaciones que acrediten experiencia acumulada en proyectos que representen tres (3) años ejecutando obras civiles de un monto aproximado a RD$XXX.X.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

A revisarHallazgo en documentos

Una oferta sobre el presupuesto se califica como anormalmente baja

Documento del 16 dic 2025 · hace 9 meses

El pliego permite descalificar por oferta no sustentable cuando el precio supera en más de 10% el presupuesto, y lo describe como anormalmente bajo. El artículo 130 regula ofertas anormalmente bajas y exige que el pliego establezca un rango porcentual a la baja; conviene aclarar cómo se aplicaría este criterio frente a ofertas superiores al presupuesto.

“Si el precio de la oferta es superior en más de un 10% en relación con el presupuesto base o valor referencial del lote o ítem, o del presupuesto general si es un único lote, se considerará no sustentable o temerario, por ser anormalmente”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 130 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias

Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…

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Anticipo previsto para MIPYMES por debajo del porcentaje reglamentario

Documento del 16 dic 2025 · hace 9 meses

El pliego prevé un anticipo del 10% también para adjudicatarios MIPYME. El Reglamento 416-23 establece para adjudicaciones a MIPYMES un avance inicial del 20%, por lo que la condición consignada reduce ese anticipo previsto para el sector.

“Si se trata de un adjudicatario certificado como MIPYME, por concepto de avance recibirán el Diez por ciento (10%).”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 155 · Reglamento 416-23, art. 168 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 155 — De la adquisición de bienes y servicios a MIPYMES

Artículo 155. De la adquisición de bienes y servicios a MIPYMES. Los entes u órganos contratantes fomentarán que en los procedimientos dirigidos exclusivamente a MIPYMES, los bienes y servicios a adquirir serán de origen, manufactura o producción industrial. El pliego de condiciones indicará de manera detallada la referencia y especificaciones de los bienes y servicios. Párrafo: Las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) podrán participar en los procedimientos ordinarios libremente y en cualquiera de las modalidades de selección recibirán por concepto de anticipo el veinte por ciento (20 %) del valor de contrato u orden de compra o de servicio adjudicada, además de aplicarle una…

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Reglamento 416-23, artículo 168 — Anticipo o avance

Artículo 168. Anticipo o avance. Las instituciones contratantes no podrán comprometerse a entregar por concepto de anticipo o avance, un porcentaje mayor al veinte por ciento (20 %) del valor del contrato u orden de compra, y los pagos restantes deberán ser entregados en la medida del cumplimiento del mismo. Párrafo. En el caso de adjudicaciones realizadas a favor de una MIPYME, las instituciones contratantes deberán entregar un avance inicial del veinte por ciento (20 %) del valor del contrato, orden de compra o de servicio.

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A revisarHallazgo en documentos

La garantía de seriedad se pide a favor de otra entidad

Documento del 16 dic 2025 · hace 9 meses

El pliego identifica al Ejército de República Dominicana como beneficiario de la garantía de seriedad, aunque la entidad contratante es el Ayuntamiento Municipal de Los Alcarrizos. La discrepancia puede afectar la correcta emisión y exigibilidad de la garantía.

“3) En beneficio de Ejército de República Dominicana.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 30 · Reglamento 416-23, art. 192 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 30

ART. 30. Para garantizar el fiel cumplimiento de sus obligaciones los oferentes, adjudicatarios y contratistas deberán constituir garantías en las formas y por los montos establecidos en la reglamentación de la presente PÁRRAFO I. El adjudicatario de una licitación deberá contratar seguros que cubran los riesgos a que estén sujetas las obras. Tales seguros permanecerán en vigor hasta que la autoridad correspondiente compruebe que el adjudicatario ha cumplido con las condiciones del contrato, extendiéndoles la constancia para su cancelación. PÁRRAFO II. Las garantías podrán consistir en pólizas de seguro o garantías bancarias, con las condiciones de ser incondicionales, irrevocables y…

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Reglamento 416-23, artículo 192 — Objetivo de las garantías

Artículo 192. Objetivo de las garantías. con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones generadas por la participación y adjudicación en los procedimientos de selección, las instituciones contratantes exigirán a los oferentes y adjudicatarios, mediante el pliego de condiciones de cada procedimiento, la constitución de garantías en la forma y montos definidos por la ley y el presente reglamento. Párrafo I. Las modalidades de garantía permitidas son la garantía bancaria y la póliza de seguro y deberán ser incondicionales, irrevocables y renovables. Para el caso de MIPYMES, solo será exigida la fianza de seguro. Párrafo II. El pliego de condiciones establecerá el plazo de…

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Criterios de sostenibilidad e integridad sin parámetros suficientemente precisos

Documento del 16 dic 2025 · hace 9 meses

La evaluación técnica incorpora la demostración de prácticas de sostenibilidad y de integridad, pero identifica certificaciones ambientales y un sistema de gestión antisoborno solo como ejemplos, sin precisar un estándar mínimo de cumplimiento. Al ser criterios de evaluación cumple/no cumple, conviene verificar cómo se aplicaron de forma objetiva e igualitaria.

“Demostración de que la empresa implementa prácticas de sostenibilidad, económica, social o medioambiental Certificaciones ambientales presentadas cumple/no cumple”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 81 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

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Reglamento 416-23, artículo 81 — Metodología de evaluación

Artículo 81. Metodología de evaluación. Las ofertas podrán ser evaluadas bajo las siguientes metodologías: 1. Metodología cumple/no cumple, en la que se establecen criterios mínimos que deben ser acreditados por las ofertas técnicas o económicas presentadas. 2. Metodología de puntaje, en la que se establecen criterios mínimos y máximos a los que se les asigna una puntuación considerada como proporcional de acuerdo con el nivel alcanzado. En este tipo de metodología será necesario desglosar todas las puntuaciones que pueden ser asignadas a cada requisito exigido. 3. Metodología combinada, que consiste en la aplicación tanto del método cumple/no cumple como el puntaje para la evaluación de…

Otros documentos del proceso (11)

  • PARTIDAS CP-0043.pdfDocumento · 16 dic de 2025
  • REQUERIMIENTO CP-0043.pdfSolicitud de compra · 16 dic de 2025
  • APROPIACION CP-0043.pdfCertificación de fondos · 16 dic de 2025
  • REMISION CP-0043.pdfDocumento · 16 dic de 2025
  • CONVOCATORIA CP-0043.pdfDocumento · 16 dic de 2025
  • acta de inicio cp-0043.pdfInforme pericial · 16 dic de 2025 · 1 señal
  • contrato-de-obra (10).docxContrato · 16 dic de 2025
  • FICHA TECNICA FACHADA EDIFICIO.docxPliego · 16 dic de 2025
  • enmienda cp-0043.pdfEnmienda · 18 dic de 2025
  • ACTA DE ADJUDICACION CP-2025-0043.pdfActa de adjudicación · 30 ene de 2026 · 3 señales
  • Informe final del portalDocumento · —

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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