Dos precios unitarios cotizados superan ampliamente los estimados
· hace 9 meses
La cotización registra RD$20,270 por módulo de reacción frente al estimado del proceso de RD$5,170 por unidad, y RD$11,950 por control de luz frente a RD$5,795. Aunque el total cotizado (RD$5,686,810.80) es inferior al estimado global, estas diferencias unitarias ameritan verificar las referencias y la composición de precios; los estimados no son precios pagados.
“8 UND 630003 MAGLUMI REACTION MODULES 20,270.00 29,188.80 162,160.00 12 26 UND … MAGLUMILIGHT CHECK 1X5 VIALES 11,950.00 Exento 310,700.00”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 67 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Reglamento 416-23, artículo 67 — Actuaciones incluidas en los estudios previos
Artículo 67. Actuaciones incluidas en los estudios previos. Sin ser limitativos, para la realización de los estudios previos, los entes y órganos contratantes deberán agotar, como mínimo, una o varias de las siguientes actuaciones, una vez definida la necesidad y objeto de la contratación: 1. Realizar estudios de mercado. 2. Consultar los catálogos de bienes y servicios y el Sistema de Información de Precios, administrados por la Dirección General de Contrataciones Públicas. 3. Consultar personas con conocimiento especializado sobre el objeto del potencial contrato. 4. Publicar una solicitud de información para que el mercado provea comentarios sobre la necesidad definida por la…