El 26 de noviembre de 2025, el Comité de Compras y Contrataciones aprobó la Licitación Pública Nacional, el pliego y las especificaciones técnicas para el proceso HDMTD-CCC-LPN-2025-0001, y designó tres peritos. El acta identifica cuatro integrantes del comité y ordena a la Unidad de Compras iniciar el trámite.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta describe como compuesto por cuatro miembros al Comité de Compras y Contrataciones, sin identificar al titular del área jurídica. El Reglamento 416-23 establece una conformación de cinco miembros; conviene verificar la integración formal y la participación del miembro jurídico en esta decisión.
“se reunió el Comité de Compras y Contrataciones del HMTD, compuesto, por el Dr. Miguel Ángel Guzmán Fermín, Director del Hospital General de Especialidades Mario Tolentino Dipp. Director/Presidente, Lic. Kelvin Modesto Segura Herasme, Encar”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 9 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 9 — Conformación del Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 9. Conformación del Comité de Compras y Contrataciones. El Comité de Compras y Contrataciones estará conformado por cinco miembros: 1. La máxima autoridad ejecutiva de la institución contratante o la persona que designe como su representante, quien lo presidirá. 2. El titular del área administrativa y financiera. 3. El titular del área jurídica. 4. El titular del área de planificación y desarrollo institucional. 5. El responsable de la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública. Párrafo I. En aquellas instituciones contratantes que no cuenten con una estructura orgánica que permita la integración prevista en el presente artículo, se deberá identificar otro servidor de la…
La resolución atribuye la Licitación Pública Nacional al numeral 4 del artículo 16, aunque ese numeral regula la comparación de precios y la licitación pública aparece en el numeral 1. La decisión de usar licitación pública no queda por ello contradicha, pero la fundamentación legal consignada requiere verificación.
“CONSIDERANDO: Que el artículo 16, numeral 4, de la Ley núm. 340-06, de fecha 18 de agosto de dos mil seis (2006), sobre Compras y Contrataciones Públicas de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones y su posterior modificación contenida en la ”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 16 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 16
ART. 16. Los procedimientos de selección a los que se sujetarán las contrataciones son: 1) Licitación Pública: Es el procedimiento administrativo mediante el cual las entidades del Estado realizan un llamado público y abierto, convocando a los interesados para que formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará la más conveniente conforme a los pliegos de condiciones correspondientes. Las licitaciones públicas podrán ser internacionales o nacionales. Las licitaciones públicas serán internacionales en los siguientes casos: i) Cuando la compra o contratación esté cubierta por un tratado o acuerdo en vigor entre la República Dominicana y otro Estado u organismo multilateral o bilateral…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona