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Abriendo la ficha…

Acta de adjudicación · Acta DGM-DAF-CM-2025-0094

04._Acta_de_Adjudicacion_CM-0094_FIRMADO.pdf

SERVICIO DE ALQUILER DE UTENSILIOS PARA EL AGASAJO NAVIDEÑO DESTINADO A LOS COLABORADORES DE ESTA INSTITUCIÓN. · Dirección General de Migración

Publicado el 15 dic de 2025Fechado el 14 dic de 20254 páginasEn el mensaje «Informe final de la selección DO1.AWD.1880562»

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso DGM-DAF-CM-2025-0094

Lo que dice

El acta, fechada el 2025-12-15, adjudica a VIP Montajes y Gourmet U&B, SRL el alquiler de utensilios para el agasajo navideño por RD$1,990,000, pese a que el monto estimado del proceso era RD$1,860,000. Registra una sola oferta recibida y aprobada técnicamente. También consigna que el informe final de evaluación fue recibido el 2025-12-15, pero aprueba un informe que identifica como fechado el 2025-12-02.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (17 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentosRD$2 millones

Informe de evaluación fechado antes de recibir las ofertas

Documento del 15 dic 2025 · hace 10 meses

El acta afirma que el informe final fue recibido el 15 de diciembre, pero aprueba un informe fechado el 2 de diciembre, trece días antes de la recepción y apertura de la única oferta. Puede tratarse de un error de fecha, pero la secuencia consignada amerita verificar cuál informe sustentó la evaluación y la adjudicación.

“Que en fecha quince (15) del mes de diciembre del año dos mil veinticinco (2025), fue recibido el informe final de la evaluación técnica rendido por los peritos de las ofertas presentadas por los oferentes, dando como resultado lo…” (pág. 2)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 25 · Reglamento 416-23, art. 124 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 25

ART. 25. Los funcionarios responsables del análisis y evaluación de las ofertas presentadas, ya en la etapa de calificación o de comparación económica, dejarán constancia en informes, con todos los justificativos de su actuación, así como las recomendaciones para que la autoridad competente pueda tomar decisión sobre la adjudicación. Para facilitar el examen, únicamente dichos funcionarios podrán solicitar que cualquier oferente aclare su propuesta. No se solicitará, ofrecerá, ni autorizará modificación alguna en cuanto a lo sustancial de la propuesta entregada. Los reglamentos precisarán los detalles que se deberán cumplir en esta parte del proceso.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 124 — Informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas

Artículo 124. Informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas. Los peritos responsables de la evaluación de las ofertas, una vez superado el período de subsanación y analizadas las ofertas técnicas, emitirán el correspondiente informe definitivo de evaluación que debe contener todo lo justificativo de su actuación y utilizar los mismos criterios determinados en el pliego de condiciones. Este informe será remitido al Comité de Compras y Contrataciones o a la Dirección Administrativa y Financiera, según el tipo de procedimiento, para su revisión y aprobación. Párrafo. La decisión será el resultado de la mayoría simple para los criterios de cumple/no cumple y el promedio de las…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentosRD$2 millones

Adjudicación con una sola oferta recibida

Documento del 15 dic 2025 · hace 10 meses

El acta registra una única oferta recibida, de VIP Montajes y Gourmet U&B, SRL, aunque también enumera tres empresas o personas invitadas. La competencia efectiva fue limitada; conviene contrastar el resultado con el mercado disponible, sin que el número de ofertas por sí solo demuestre una irregularidad.

“No. Empresa Forma de presentación de oferta Monto (DOP) 1 VIP Montajes y Gourmet U&B, SRL SECP 1,990,000.00” (pág. 2)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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ContextoHallazgo en documentosRD$5.6 millones

Tres procesos de monto idéntico para un mismo agasajo

Documento del 15 dic 2025 · hace 10 meses

Según el portal, el mismo día se convocaron procesos separados para utensilios, ambientación y catering del agasajo navideño, cada uno con estimado de RD$1,860,000; suman RD$5,580,000. El total queda por debajo del inicio del umbral de licitación restringida de servicios de 2025 (RD$5,644,812.74), y los objetos podrían pertenecer a rubros distintos; aun así, la coincidencia de fecha, evento y montos merece comprobar la planificación y clasificación de los objetos, sin que estos datos por sí solos acrediten fraccionamiento.

“para el servicio de alquiler de utensilios para el agasajo navideño destinado a los colaboradores de esta institución.” (pág. 3)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 10 · Reglamento 416-23, art. 87 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 10

ART. 10. La autoridad administrativa con capacidad de decisión en un organismo público no permitirá el fraccionamiento de las compras o contrataciones de bienes, obras o servicios, cuando éstas tengan por objeto eludir los procedimientos de selección previstos en esta ley para optar por otros de menor cuantía. PÁRRAFO. Las compras y contrataciones públicas comprendidas en esta ley se desarrollarán en todas sus etapas en un contexto de transparencia que se basará en la publicidad y difusión de las actuaciones derivadas de la aplicación de esta ley, la utilización de la tecnología informática que permita aumentar la eficiencia de los procesos y facilitar el acceso de la sociedad a la…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 87 — Fraccionamiento

Artículo 87. Fraccionamiento. Se presumirá que existe fraccionamiento, cuando en un lapso menor de tres (3) meses, contados a partir del primer día de la convocatoria, se realice otra convocatoria dentro del mismo año presupuestario para la compra o contratación de bienes, servicios u obras pertenecientes a un mismo rubro-clase. Párrafo. No existirá fraccionamiento: 1. En aquellos procedimientos donde se divida la contratación por etapas posibles, o cuando la convocatoria se regionalice para que participen personas domiciliadas en la región, provincia o municipio, para propiciar la participación de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) y la contratación de pequeños productores.…

ContextoHallazgo en documentosRD$2 millones

Gasto para una celebración de colaboradores

Documento del 15 dic 2025 · hace 10 meses

El objeto adjudicado se destina expresamente a un agasajo navideño para colaboradores. Por tratarse de una celebración institucional, es un gasto que merece revisión de su necesidad, proporcionalidad y relación con el interés público; el acta no permite concluir por sí sola que carezca de justificación.

“requirió el servicio de alquiler de utensilios para el agasajo navideño destinado a los colaboradores de esta institución.” (pág. 1)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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ContextoHallazgo en documentosRD$2 millones

Fundamento impreciso para admitir una oferta sobre el umbral

Documento del 15 dic 2025 · hace 10 meses

El acta atribuye a un supuesto artículo 100 de la Ley 340-06 una autorización general para superar en 10 % el umbral. La regla aplicable está en el artículo 136.4 del Reglamento 416-23: prevé declarar desierto si la menor oferta excede en más de 10 % el máximo del umbral; la oferta de RD$1,990,000 supera ese máximo de compra menor de 2025 (RD$1,860,642.55) en aproximadamente 6.95 %, por lo que no rebasa ese límite, aunque la motivación cita la norma de forma inexacta.

“Artículo 100 de la Ley 340-06: establece que cuando “la menor oferta económica obtenida supere el máximo establecido por el umbral correspondiente para ese procedimiento”, se podrá continuar con la selección y adjudicación, siempre que…” (pág. 2)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 136 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 136 — Declaratoria de procedimiento desierto

Artículo 136. Declaratoria de procedimiento desierto. Mediante resolución debidamente motivada, el responsable del procedimiento podrá declararlo desierto tras la finalización del plazo para la presentación de propuestas y antes de la adjudicación, cuando se verifique alguna de las siguientes condiciones: 1. Que no se haya presentado ninguna propuesta. 2. Que ningún oferente haya cumplido los requisitos establecidos en los pliegos de condiciones para ser habilitado a la apertura de la oferta económica. 3. Que todas las ofertas habilitadas superen el monto de apropiación presupuestaria disponible para la contratación en más de un veinticinco por ciento (25 %). 4. Que la menor oferta…

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Oferentes que registra (4)

3 mencionado · 1 adjudicado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
VIP Montajes y Gourmet U&B, SRLÚnica oferta recibida; el acta indica que cumplió las especificaciones técnicas y adjudica el servicio completo.Adjudicado—RD$1,990,000
BRANDED MANAGEMENT AGENCY, SRLFigura entre las empresas invitadas; el acta no registra una oferta recibida de esta empresa.Mencionado——
CUS Y ASOCIADOS, EIRLFigura entre las empresas invitadas; el acta no registra una oferta recibida de esta empresa.Mencionado——
FREDDY MATEO RAMIREZFigura entre los invitados; el acta no registra una oferta recibida de esta persona.Mencionado——

Otros documentos del proceso (9)

  • SNCC_D049_Experiencia_contratista (1).docxDocumento · 10 dic de 2025
  • SNCC_F033_Of_Economica.docxDocumento · 10 dic de 2025
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 10 dic de 2025
  • APROBACION DE PRESIDENCIA.pdfDocumento · 10 dic de 2025
  • 2._FICHA_TECNICA_firmada.pdfPliego · 10 dic de 2025
  • 2._FICHA_TECNICA_firmada.pdfPliego · 10 dic de 2025
  • 1._SOLICITUD_DE_COMPRAS_firmada.pdfSolicitud de compra · 10 dic de 2025
  • Informe final del portalDocumento · —
  • Orden de servicio formato firma digital_15/12/2025_9_43 p.m..PdfDocumento · —

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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