El acta, fechada el 10 de diciembre de 2025, aprueba la evaluación económica y adjudica el proceso de publicidad a los proveedores que enumera, ordenando notificarles la adjudicación y el contrato. Consigna una apropiación de RD$3,944,991.75, pero el estudio económico adjunto se identifica como un trabajo de 2004 y presenta totales distintos; además, la adjudicación menciona nombres que no aparecen con ese nombre en las ofertas registradas en el portal.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (10 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento identifica como sustento un estudio sobre publicidad de la Dirección General de Radiodifusión y Televisión del año 2004, no el proceso convocado en 2025. Ese estudio totaliza RD$3,944,911.75, frente a la apropiación de RD$3,944,991.75; también consigna RD$3,950,000.00 al pie. La diferencia y la falta de correspondencia del documento de respaldo dificultan verificar la base económica de la adjudicación.
“Contratación de Servicios de Publicidad por la Dirección General de Radiodifusión y Televisión durante el año 2004, correspondiente al 4to. trimestre. 3ra. Entrega del mes de Diciembre 2004. TOTAL GENERAL | 3,944,911.75”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
Según el cronograma del portal, la convocatoria, el cierre de ofertas y la apertura ocurrieron el 4 de diciembre de 2025, aunque el proceso comprendía 24 renglones y el acta registra adjudicación a numerosos proveedores. Para una excepción por publicidad no se fija aquí un mínimo ordinario de convocatoria, pero el reglamento exige que los plazos de excepción sean razonables y proporcionales; el plazo de un día amerita comprobar la difusión y oportunidad efectiva de participación.
“En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, siendo las dos de la tarde (2:00 p.m.) del diez (10) de diciembre del año dos mil veinticinco (2025), en la sede del Ministerio de Trabajo”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 46 · Reglamento 416-23, art. 148 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 46 — Casos de excepción
Artículo 46. Casos de excepción. Serán considerados casos de excepción, y no una violación a la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, los procedimientos que se realicen mediante selección competitiva o directa, para dar respuesta a los casos, circunstancias, situaciones y condiciones especiales indicadas en el párrafo del artículo 6 de la referida ley, siempre y cuando se realicen de conformidad con lo establecido en el presente reglamento, y los manuales, guías, políticas y orientaciones normativas que emita la Dirección General de Contrataciones Públicas. Los procedimientos de selección por excepción se justifican: 1. Por situaciones de seguridad nacional. 2. Por situaciones de emergencia…
Reglamento 416-23, artículo 148 — De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción
Artículo 148. De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción. Los procedimientos de excepción establecidos por la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones y el presente reglamento se ejecutarán mediante el SECP. Salvo la excepción por seguridad nacional, todo ciudadano podrá consultar los procedimientos de excepción a través de esta herramienta tecnológica. Párrafo I. La convocatoria de los procedimientos por selección competitiva será pública, abierta y se ejecutará mediante el SECP, salvo el procedimiento de seguridad nacional que se realizará mediante invitación cerrada. Párrafo II. En los procedimientos por selección directa, la gestión documental de todas las…
El acta adjudica a 24 nombres, entre ellos «PROCROM», «RCH» y «RECONOCIDOS MEDIA», que no aparecen como oferentes en el portal, el cual registra 22 ofertas aceptadas y 21 contratos. «PROCROM» corresponde verosímilmente a Procomunicaciones, SRL, pero «RCH» y «RECONOCIDOS MEDIA» no coinciden con oferente alguno, en una lista con múltiples erratas de escritura. Los 21 contratos y libramientos del portal coinciden con las ofertas registradas, por lo que la discrepancia afecta la trazabilidad del acta sin efecto demostrado en montos.
“ADJUDICA el proceso a las empresas RADIO CADENA COMERCIAL, RADIO FM PRIMERA, PROCROM, DIFUSORA HEMISFERIO, HYGON CONEXIÓN GROUP, CDN, RCH, WE ARE DESIGNESRS BY EDVI , ACD MEDIA, RECONOCIDOS MEDIA, MC PRODUCCIONES SRL, MDL ENTERTAINMENT, FOU”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona