El acta CCC-2025-12, de fecha 2025-11-25, adjudica cinco proveedores por ítem en la licitación DGM-CCC-LPN-2025-0009. El monto total de adjudicación consignado para Vélez Import es RD$3,099,138.50, pero los subtotales de los ítems que el acta le adjudica no suman esa cifra. El acta habilita a siete oferentes y no incluye a Grupo Remi en esa lista; además, el portal registra contratos para cuatro de los cinco adjudicatarios.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La suma de los 16 renglones adjudicados a Velez Import, SRL es RD$2,632,385.00, pero el acta consigna un subtotal de RD$2,626,388.56 (diferencia de RD$5,996.44 sin ITBIS y RD$7,075.80 con ITBIS); cada renglón individual sí cuadra cantidad × precio unitario. El contrato registrado en el portal (RD$3,099,139) siguió el total del acta, por lo que conviene verificar qué monto rige para el pago.
“2 RESMA DE PAPEL 81/2 X11 UD 10,000 157.00 1,570,000.00 … SUB TOTAL RD$ 2,626,388.56 … ITBIS RD$ 472,749.94 … TOTAL GRAL. RD$ 3,099,138.50”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
El acta adjudica RD$79,060 a Inversiones Deleca por el ítem 11, pero el listado de contratos del portal suministrado contiene contratos para los otros cuatro adjudicatarios y no incluye a Deleca. Puede tratarse de un registro incompleto o atrasado; conviene verificar la publicación y formalización del contrato.
“d) INVERSIONES DELECA, SRL, sea adjudicada de acuerdo a como se indica a continuación: … TOTAL GRAL. RD$ 79,060.00”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 167 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 167 — Publicidad del contrato u orden de compra o servicio
Artículo 167. Publicidad del contrato u orden de compra o servicio. El contrato, orden de compra u orden de servicio que se suscriba, deberá difundirse por el SECP y en el portal institucional, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su perfeccionamiento.
Según los datos de DGII consultados en 2026, las actividades registradas actualmente para Inversiones IP (servicios inmobiliarios) y Grupo Continental Ferrero (actividades de informática) no corresponden directamente a los bienes de oficina adjudicados. Es un dato posterior al proceso y no demuestra falta de capacidad al momento de ofertar; amerita verificar las credenciales y la capacidad acreditadas entonces.
“INVERSIONES IP SRL, sea adjudicada de acuerdo a como se indica a continuación: … GRUPO CONTINENTAL FERRERO, SRL, sea adjudicada de acuerdo a como se indica a continuación:”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 8
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona