La Resolución Administrativa DJU-RAD-028-2025, de 2025-11-24, autoriza la excepción por proveedor único y adjudica conjuntamente a Margarita María Bueno Torres y Fabio de Jesús Peralta Espinal el alquiler del local de INDOCAL Regional Norte por tres años y RD$6,372,000. Según el portal, la convocatoria y el cierre fueron el 2025-12-11, después de la resolución; el portal registra una oferta y un contrato únicamente a nombre de Margarita María Bueno Torres.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La resolución fechada el 2025-11-24 ya adjudica el procedimiento; el cronograma del portal registra convocatoria, cierre y apertura el 2025-12-11. La secuencia merece verificarse frente a las etapas de selección directa y la fecha efectiva de publicación; el portal podría reflejar una actualización posterior o incompleta.
“SEGUNDO: ADJUDICAR el procedimiento de Excepción como Proveedor Único a favor de los SRES. MARGARITA MARÍA BUENO TORRES y FABIO DE JESÚS PERALTA ESPINAL por un monto total de Seis Millones Trescientos Setenta y Dos Mil Pesos Dominicanos con”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 61 · Reglamento 416-23, art. 161 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 61 — Actuaciones del ciclo de procedimiento de contratación
Artículo 61. Actuaciones del ciclo de procedimiento de contratación. Serán consideradas actuaciones obligatorias propias del procedimiento de contratación las siguientes fases: 1. La planificación de las contrataciones. 2. La preparación de las contrataciones. 3. La convocatoria al procedimiento de contratación. 4. Las aclaraciones y respuestas a los oferentes, así como posibles adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. 5. Las presentación, apertura y evaluación de ofertas. 6. La adjudicación. 7. El perfeccionamiento del contrato u orden de compra o de servicio. 8. La administración, gestión y liquidación del contrato u orden de compra o de servicio. Párrafo. En las compras y…
Reglamento 416-23, artículo 161 — Fases comunes de los procedimientos de excepción por selección directa
Artículo 161. Fases comunes de los procedimientos de excepción por selección directa. Los procedimientos de excepción por selección directa inician con el informe pericial que, además de justificar el uso de la excepción, identifican a una persona natural o jurídica recomendando su selección porque cumple o puede cumplir de forma única o más idónea con la necesidad, conforme al interés general. Una vez emitido el informe pericial, se deberán realizar las siguientes actuaciones: 1. Aprobación del procedimiento de excepción y designación de peritos para la evaluación de propuesta y cotización. El Comité de Compras y Contrataciones pondera el informe que justifica la excepción y recomienda al…
La resolución adjudica conjuntamente a Margarita María Bueno Torres y Fabio de Jesús Peralta Espinal, mientras que los datos del portal registran una oferta y un contrato por RD$6,372,000 únicamente a nombre de Margarita. Debe comprobarse si el contrato formalizó la adjudicación conjunta o si el registro del portal está incompleto.
“SEGUNDO: ADJUDICAR el procedimiento de Excepción como Proveedor Único a favor de los SRES. MARGARITA MARÍA BUENO TORRES y FABIO DE JESÚS PERALTA ESPINAL por un monto total de Seis Millones Trescientos Setenta y Dos Mil Pesos Dominicanos con”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 161 · Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 161 — Fases comunes de los procedimientos de excepción por selección directa
Artículo 161. Fases comunes de los procedimientos de excepción por selección directa. Los procedimientos de excepción por selección directa inician con el informe pericial que, además de justificar el uso de la excepción, identifican a una persona natural o jurídica recomendando su selección porque cumple o puede cumplir de forma única o más idónea con la necesidad, conforme al interés general. Una vez emitido el informe pericial, se deberán realizar las siguientes actuaciones: 1. Aprobación del procedimiento de excepción y designación de peritos para la evaluación de propuesta y cotización. El Comité de Compras y Contrataciones pondera el informe que justifica la excepción y recomienda al…
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
Oferentes que registra (2)
2 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Margarita María Bueno TorresLa resolución la adjudica conjuntamente con Fabio de Jesús Peralta Espinal; consigna que ambos son propietarios del local.
Adjudicado
Alquiler del local de INDOCAL Regional Norte
—
Fabio de Jesús Peralta EspinalLa resolución lo adjudica conjuntamente con Margarita María Bueno Torres; consigna que ambos son propietarios del local.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona