El Acta Administrativa núm. CC-2025-0464, de 2025-12-08, aprueba iniciar el proceso INAIPI-CCC-CP-2025-0031 mediante comparación de precios, con presupuesto de RD$5,644,812.73, y designa tres peritos técnicos, uno legal y uno financiero. También dispone publicar el acto en el portal institucional y en el SECP.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta aprueba el procedimiento dirigido a MIPYMES en general, mientras que el resumen del pliego de este proceso indica que se dirigía exclusivamente a MIPYMES mujer. La diferencia en la categoría destinataria puede afectar quién podía participar y amerita cotejar la decisión de inicio con las bases definitivas.
“el Comité de Compras y Contrataciones del INAIPI en el ejercicio de sus atribuciones legales, considera procedente y pertinente realizar el presente procedimiento bajo la modalidad de Comparación de Precios dirigida a MIPYMES”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 152 · Reglamento 416-23, art. 157 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 152 — Ámbito de aplicación
Artículo 152. Ámbito de aplicación. Las disposiciones de la presente sección aplican a todas las compras y contrataciones que realicen las instituciones contratantes dirigidas a: 1. Las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) en sentido general. 2. Las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) donde las mujeres tengan una participación accionaria o capital social superior al cincuenta por ciento (50 %) y que sean lideradas por mujeres. 3. Las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) de bienes y servicios de fabricación o producción industrial, con registro industrial emitido por PROINDUSTRIA. Párrafo. Las micro, pequeñas y medianas empresas a las que se aplicarán estas…
Artículo 157. Convocatoria. Las instituciones contratantes al momento de realizar las convocatorias para la compra y contratación de bienes, servicios y obras deberán indicar expresamente que se trata de un procedimiento de selección dirigido exclusivamente para MIPYMES e indicar, según corresponda, si se trata de MIPYMES en general, de MIPYMES mujeres o de MIPYMES de fabricación o producción industrial.
El acta consigna un valor equivalente al 2 % del proceso para el ejercicio 2025 y señala que el pago total se financiará con el presupuesto 2026-2027. Conviene verificar que la certificación de apropiación presupuestaria y la programación plurianual respalden los compromisos y los pagos correspondientes; el artículo 69 exige saldo suficiente para cubrir el monto total que se pagará durante el año.
“conforme a lo contemplado en el presupuesto del año 2025, el INAIPI integrará el equivalente al dos por ciento (2%) del monto total del proceso como valor referencial, requerido para la correcta integración del procedimiento de compras. Se ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
El acta afirma que el monto está dentro del umbral de licitación pública nacional, pero aprueba una comparación de precios. Para bienes y servicios en 2025, RD$5,644,812.73 coincide con el máximo del umbral de comparación de precios y está por debajo del umbral de licitación pública de RD$6,272,014.16; por tanto, la contradicción aparece en la motivación, aunque el monto consignado sí encaja en comparación de precios.
“Que, el monto involucrado para el ‘SUMINISTRO Y DISTRIBUCIÓN DE KITS DE ALIMENTOS PARA ACTIVIDAD INFANTIL EN LOS CENTROS CAIPI Y CAFI DEL INAIPI EN LA ZONA ESTE’, se encuentra dentro del umbral de licitación pública nacional en el marco de ”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 16 · Ley 340-06, art. 17 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 16
ART. 16. Los procedimientos de selección a los que se sujetarán las contrataciones son: 1) Licitación Pública: Es el procedimiento administrativo mediante el cual las entidades del Estado realizan un llamado público y abierto, convocando a los interesados para que formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará la más conveniente conforme a los pliegos de condiciones correspondientes. Las licitaciones públicas podrán ser internacionales o nacionales. Las licitaciones públicas serán internacionales en los siguientes casos: i) Cuando la compra o contratación esté cubierta por un tratado o acuerdo en vigor entre la República Dominicana y otro Estado u organismo multilateral o bilateral…
ART. 17. Para determinar la modalidad de selección a aplicar en un proceso de compra o contratación se utilizarán los umbrales topes, que se calculan multiplicando el Presupuesto de Ingresos Corrientes del Gobierno Central, aprobado por el Congreso de la República, por los factores incluidos en la siguiente tabla, según corresponda a obras, bienes o servicios: OBRAS BIENES SERVICIOS 1) Licitación pública 0.00060 0.000020 0.000020 2) Licitación restringida 0.00025 0.000008 0.000008 3) Sorteo de obras 0.00015 No Aplica No aplica 4) Comparaciones de precios 0.00004 0.0000015 0.0000015 Compras menores No aplica 0.0000002 0.0000002 A título enunciativo, para el Presupuesto de Ingresos Corrientes…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona