El acta del 11 de diciembre de 2025 adjudica a Air Liquide Dominicana, SAS el suministro de oxígeno médico del proceso HSLM-CCC-PEPU-2025-0001. El monto adjudicado es RD$51,635,136.14.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El portal registra el contrato de Air Liquide como confirmado y enviado el 8 de diciembre de 2025, mientras que el acta adjudica el proceso el 11 de diciembre. La fecha del portal podría corresponder a un registro y no a la firma efectiva; conviene verificar la fecha de formalización del contrato.
“siendo doce (12:00PM) del día Once (11) del mes de diciembre del año dos mil veinticinco (2025).”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
El portal registra una única oferta y un monto estimado de RD$51,635,136.14; el acta adjudica a esa empresa exactamente RD$51,635,136.14. En una selección por proveedor único puede no existir competencia efectiva de precios, por lo que conviene contrastar el monto con la cotización y el análisis económico del expediente.
“por un monto de total de Cincuenta y un Millones seiscientos treinta y cinco Mil ciento treinta y seis pesos con catorce centavos (51,635,136.14).”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona