El Acta núm. 490-2025, de fecha 2025-10-28, adjudica a Suplidora Leopeña, SRL los ítems 3 y 4 por RD$5,607,479.42, ITBIS incluido, y declara desiertos los ítems 1 y 2. La empresa fue la única habilitada para presentar oferta económica en los ítems adjudicados; el acta consigna que sus precios superaban en 10% los valores de referencia y que se confirmó disponibilidad para cubrir el excedente.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adjudica a la única oferente habilitada para los ítems 3 y 4 y reconoce un excedente del 10% sobre los precios referenciales consignados. Los precios unitarios adjudicados superan además los de la última compra citada en el propio cuadro: aproximadamente 18.7% en el ítem 3 y 15.9% en el ítem 4; conviene verificar la justificación de mercado, aunque la institución aprobó cubrir el excedente.
“Etiquetas para Postes | UN | 50,577 | 71.00 | 50,577 | 78.10 | 3,950,063.70 | 7.10 | 10% | 21/02/2025 | 65.80 … Supl. Leo Peña 4 … Etiquetas para Centro de Transformació | UN | 7,675 | 95.00 | 7,675 | 104.50 | 802,037.50 | 9.50”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Según los datos del portal aportados, Suplidora Leopeña aparece dos veces con oferta de RD$0 y estado «Cargada / Pendiente», mientras el acta registra una oferta de RD$5,607,479.42 y adjudica por ese monto; el portal también registra un contrato por RD$5,607,479. La discrepancia podría corresponder a un rezago o problema de actualización, pero dificulta verificar públicamente la oferta económica y su trazabilidad.
“Observación: El monto total ofertado asciende a RD$5,607,479.42, lo cual representa un superávit de un 10% en porcentaje de incremento sobre el valor referencial - El área requirente remitió Informe de Excedente.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 31 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Oferentes que registra (4)
3 no habilitado · 1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Suplidora Leopeña, SRLAdjudicada en los ítems 3 y 4; no habilitada para el ítem 1 por incumplimiento de documentación técnica y muestra; no ofertó para el ítem 2.
Adjudicado
Ítems 3 y 4
RD$5,607,479
MA Creaciones Acrílicas, SRLNo habilitada en los ítems 1, 2, 3 y 4 por incumplimiento de documentación técnica y muestra.
No habilitado
Ítems 1, 2, 3 y 4
RD$5,397,916
Albatros Trading SRLNo habilitada en los ítems 1, 3 y 4 por incumplimiento de documentación técnica y muestra.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona