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Pliego

Pliego de Condiciones Especificas LPN62.pdf

CONTRATACIÓN SERVICIO DE ALQUILER DE EQUIPOS PARA TRANSPORTE DE MATERIALES Y SUMINISTROS ENTRE ALMACENES · Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur

Publicado el 11 dic de 202551 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso EDESUR-CCC-LPN-2025-0062

Lo que dice

El pliego establece una Licitación Pública Nacional para contratar por 24 meses el alquiler de equipos de transporte entre almacenes de EDESUR, con un valor referencial de RD$19,000,000.00, ITBIS incluido, y vigencia contractual de 27 meses. Fija como fecha límite para recibir ofertas el 2026-02-03 y prevé evaluar las propuestas económicas por el menor precio promedio indicado en el análisis de costos.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (2 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentosRD$19 millones

Se fija el total ofertado y se compara por precios promedio

Documento del 11 dic 2025 · hace 10 meses

El pliego exige que cada oferta económica totalice RD$19,000,000.00 y dispone adjudicar según el menor precio promedio del análisis de costo. Esta estructura fija de antemano el total de la oferta y deja la comparación económica en los precios promedio; conviene verificar cómo se determina ese promedio y cómo se aplica de forma uniforme.

“los Oferentes/Proponentes deberán presentar el formulario antes mencionado por un “valor total” de RD$19,000,000.00. La adjudicación se realizará en favor del Oferente que haya presentado como promedio el menor precio”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 26

ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación

Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentosRD$16.2 millones

Rechazo previsto por umbral de precio bajo sin detallar la verificación

Documento del 11 dic 2025 · hace 10 meses

El pliego dispone rechazar ofertas cuyo valor total sea al menos 15 % inferior al presupuesto base. El artículo 130 del Reglamento exige, antes de descalificar por precio no sustentable o temerario, solicitar explicaciones al oferente y analizar la información recibida; la redacción del pliego presenta el rechazo como automático y merece revisión.

“no se considerarán para adjudicación y, por tanto, serán rechazadas, aquellas Ofertas Económicas, cuyo valor total sea inferior en un quince por ciento (15%) al presupuesto base del ítem ofertado.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 130 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias

Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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A revisarHallazgo en documentos

Pago de electricidad del domicilio como criterio financiero

Documento del 11 dic 2025 · hace 10 meses

El pliego requiere documentación del servicio eléctrico del domicilio social y su metodología evalúa que el oferente esté al día en esos pagos. El documento no vincula ese requisito con la capacidad de prestar el servicio de transporte, por lo que podría operar como condición de participación ajena al objeto y restringir oferentes.

“Que el Oferente se encuentra al día en el pago del servicio de energía eléctrica, suministrado por EDESUR u otra empresa distribuidora de electricidad (EDE) en su domicilio social.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

Otros documentos del proceso (17)

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  • Invitación a Presentar Oferta.pdfDocumento · 11 dic de 2025
  • Solicitud de Contratacion OCR.pdfSolicitud de compra · 11 dic de 2025
  • 526-2025 - Acta de Inicio Servicio de Alquiler de Equipos Transporte de Materiales.pdfPliego · 11 dic de 2025 · 1 señal
  • Anexos.zipDocumento · 11 dic de 2025
  • Convocatoria OCR.pdfDocumento · 11 dic de 2025
  • Publicacion Periodicos.pdfDocumento · 11 dic de 2025
  • Publicacion Periodicos 12122025.pdfDocumento · 12 dic de 2025
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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