El documento solicita a BRARCO una propuesta para la restauración de elementos patrimoniales del antiguo Cementerio Municipal, en una primera etapa que incluye el portal, tumbas, sepulcros y paisajismo, con ejecución prevista de un año. Aunque la solicitud está fechada el 14 de agosto de 2024 y fija la recepción de propuestas hasta el 23 de agosto de 2024, el portal registra la convocatoria del proceso para el 11 de diciembre de 2025, con cierre y apertura ese mismo día; la diferencia requiere verificar la correspondencia documental del expediente.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La solicitud fija actuaciones en agosto y septiembre de 2024, mientras el portal registra la convocatoria, cierre y apertura el 11/12/2025 para el proceso identificado como ADN-CCC-PEOR-2024-0006. La diferencia amerita verificar si el documento corresponde a este expediente y cómo se mantuvo la trazabilidad y publicidad de sus actuaciones.
“Fecha: 14 de Agosto de 2024 ... 1. Recibir propuesta hasta el viernes 23 de agosto de 2024 2. Evaluación de la propuesta hasta el 04 de septiembre de 2024 3. Adjudicación miércoles 18 de septiembre de 2024” (págs. 2-4, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 31 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Entre la fecha de la solicitud y el vencimiento indicado median nueve días calendario. El mismo documento señala que cada elemento requiere estudio pormenorizado y registro detallado; aunque para esta excepción no fija un mínimo general de días, el plazo y su proporcionalidad respecto de la preparación requerida merecen revisión.
“Hacemos constar que los trabajos de restauración indicados exigen un estudio pormenorizado y un registro detallado de cada elemento a intervenir, ya que cada uno es distinto y único en antigüedad, datación, forma, materialidad, dimensión, e” (pág. 3, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 46 · Reglamento 416-23, art. 148 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 46 — Casos de excepción
Artículo 46. Casos de excepción. Serán considerados casos de excepción, y no una violación a la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, los procedimientos que se realicen mediante selección competitiva o directa, para dar respuesta a los casos, circunstancias, situaciones y condiciones especiales indicadas en el párrafo del artículo 6 de la referida ley, siempre y cuando se realicen de conformidad con lo establecido en el presente reglamento, y los manuales, guías, políticas y orientaciones normativas que emita la Dirección General de Contrataciones Públicas. Los procedimientos de selección por excepción se justifican: 1. Por situaciones de seguridad nacional. 2. Por situaciones de emergencia…
Reglamento 416-23, artículo 148 — De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción
Artículo 148. De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción. Los procedimientos de excepción establecidos por la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones y el presente reglamento se ejecutarán mediante el SECP. Salvo la excepción por seguridad nacional, todo ciudadano podrá consultar los procedimientos de excepción a través de esta herramienta tecnológica. Párrafo I. La convocatoria de los procedimientos por selección competitiva será pública, abierta y se ejecutará mediante el SECP, salvo el procedimiento de seguridad nacional que se realizará mediante invitación cerrada. Párrafo II. En los procedimientos por selección directa, la gestión documental de todas las…
Oferentes que registra (1)
1 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Brarco, SRLDestinataria de la solicitud de propuesta; el portal registra una oferta cargada y pendiente.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona