El Acto Administrativo DIE-ADJ-019-2025, de 2025-11-26, aprueba el informe económico y adjudica los seis lotes del proceso DIE-CCC-CP-2025-0013 por RD$31,000,000 cada uno, para un total de RD$186,000,000. Los adjudicatarios son Nuespi Ingeniería, Constructora Aguilera Quijano, Constructora Ultrakaribe, JJ Nova Constructora, Equipos Construcciones & Asfalto Tryse y Metal - ACD.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El cruce de datos ya registrado para el proceso identifica a un proveedor adjudicado como suspendido por el régimen de prohibiciones asociado a un cargo público. El acta adjudica los seis lotes; la identidad concreta del adjudicatario señalado no se especifica en los datos recibidos y debe verificarse contra el registro de la suspensión y el expediente.
“Se adjudica a la empresa NUESPI INGENIERIA, SRL, para el lote 1 por el monto de RD$31,000,000.00, (Treinta y Un Millones pesos dominicanos con 00/00). … Se adjudica a la empresa METAL - ACD, SRL, para el lote 6 por el monto de RD$31,000,000”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 14 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 14
ART. 14. No podrán ser oferentes ni contratar con el Estado las siguientes personas: 1) El Presidente y Vicepresidente de la República; los Secretarios y Subsecretarios de Estado; los Senadores y Diputados del Congreso de la República; los Magistrados de la Suprema Corte de Justicia, de los demás tribunales del orden judicial, de la Cámara de Cuentas y de la Junta Central Electoral; los Síndicos y Regidores de los Ayuntamientos de los Municipios y del Distrito Nacional; el Contralor General de la República y el Subcontralor; el Director de Presupuesto y Subdirector; el Director Nacional de Planificación y el Subdirector; el Procurador General de la República y los demás miembros del…
La lista de participantes identifica a Constructora FeAra, SRL con el RNC, mientras que la evaluación económica identifica a Constructora Yeara, SRL con ese mismo RNC. La diferencia de denominación en documentos de la misma evaluación dificulta verificar sin aclaración cuál persona jurídica presentó y fue evaluada; debe cotejarse con la oferta original y el RPE.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 119 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 119 — Evaluación de las ofertas técnicas
Artículo 119. Evaluación de las ofertas técnicas. Los peritos responsables de evaluar las ofertas técnicas, previamente designados por el Comité de Compras y Contrataciones o por la Dirección Administrativa y Financiera, procederán a verificar minuciosamente las credenciales y evaluar la oferta técnica de los oferentes. Párrafo I. Al evaluar las credenciales, los peritos deberán examinar detenidamente la documentación presentada y asegurarse de la veracidad de la información proporcionada por los oferentes, así como verificar que éstos cumplen con los requerimientos establecidos en el pliego de condiciones. Párrafo II. Los peritos deben emitir un informe preliminar mediante un acto…
El acta consigna 6,065 proveedores invitados, mientras que el registro del portal informado para este proceso indica 6,078 proveedores notificados. La diferencia de 13 destinatarios no demuestra por sí sola una restricción, pero conviene cotejar los registros de invitación del SECP para confirmar el alcance de la convocatoria.
“siendo un total de 6,065 proveedores invitados.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
DEMJA & CÍA, SRLEl informe técnico definitivo referido en los antecedentes la registra no habilitada por incumplir el índice de endeudamiento y el cronograma.
No habilitado
Lote 1
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INVERSIONES BRAVAZUL, SRLEl informe técnico definitivo referido en los antecedentes la registra no habilitada.
CONSTRUCTORA SEGURA VICENTE (CONSEVISA), SRLEl informe técnico definitivo referido en los antecedentes la registra no habilitada por diferencias financieras, índice de endeudamiento y cronograma.
CONSTRUCTORA YEARA, SRLLa evaluación económica la registra como no cumplidora; el mismo RNC figura en la lista de participantes bajo el nombre Constructora FeAra, SRL.