El pliego del proceso AYUNTAMIENTO DE MOCA-CCC-CP-2025-0007 establece una comparación de precios para construir la Unidad de Atención Primaria en Rincón de los Jiménez, con presupuesto estimado de RD$7,308,663.47 y ofertas previstas hasta el 22 de diciembre de 2025. Incluye requisitos de ubicación, experiencia y equipos, además de fijar un criterio de adjudicación por menor precio. Se observan condiciones que ameritan revisión por su efecto potencial en la competencia y por contradicciones sobre el plazo de ejecución.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego exige que quien oferte para el Lote 1 tenga un establecimiento comercial en Moca y prevé verificarlo ante la DGII. Esta condición territorial puede excluir a empresas capaces de ejecutar la obra que no tengan previamente presencia comercial en el municipio; conviene revisar su necesidad y proporcionalidad respecto del objeto.
“Los oferentes deberán tener un establecimiento comercial ubicado en el municipio de Moca para LOTE 1 cual se verificara por la dirección General de Impuestos Internos.”
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
El pliego estima la ejecución en cuatro meses, pero en otra sección establece un máximo expresado como “doscientos diez (120) días”, y luego vuelve a mencionar “doscientos diez días (120)”. La inconsistencia puede afectar la preparación de ofertas y la planificación del contrato; debe aclararse cuál plazo rige.
“Plazo estimado de ejecución: 4 meses … Los Oferentes/Proponentes deberán considerar un tiempo máximo de Ejecución de la Obra no mayor de doscientos diez (120) días calendarios, contados a partir de la fecha de adjudicación del proceso espec”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
El pliego considera no sustentable una oferta que supere en más de 10 % la baja frente al presupuesto base y permite descalificarla. El artículo 130 exige, antes de decidir, pedir al oferente una explicación escrita y que los peritos analicen la información; conviene verificar que ese trámite se aplique antes de cualquier descalificación.
“Si el precio de la oferta es inferior en más de un diez por ciento [10 %] en relación al presupuesto base o valor referencial del lote o ítem, o del presupuesto , se considerará no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cum”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 130 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias
Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona