El pliego establece las condiciones de la licitación pública nacional INAPA-CCC-LPN-2025-0052 para adquirir nueve tipos de instrumentos, con presupuesto estimado de RD$8,044,880. La recepción de ofertas se fija para el 4 de febrero de 2026 y la adjudicación para el 31 de marzo de 2026; la adjudicación se hará por ítem y por menor precio entre las ofertas que cumplan los requisitos. El documento también establece reglas de participación, evaluación, garantías y ejecución contractual.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego dispone resolver los empates por sorteo sin contemplar los criterios de desempate previstos en el Reglamento, como la inclusión laboral de personas con discapacidad, la responsabilidad ambiental o la subcontratación de MIPYMES. La regla puede alterar qué oferta resulta adjudicada cuando exista empate.
“En caso de empate entre dos o más Oferentes/Proponentes, El Comité de Compras y Contrataciones procederá por una elección al azar, tipo sorteo, el cual se llevará a cabo de manera pública, con los oferentes empatados y en presencia de Notar” (pág. 24)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 131 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 131 — Desempate de ofertas
Artículo 131. Desempate de ofertas. En caso de igualdad en la calificación final, ya sea por igualdad de precios o por igualdad de puntaje, el pliego de condiciones deberá determinar cómo se decidirá la adjudicación, aplicando alguno de estos criterios: 1) Se dará preferencia a la oferta que haya incluido la contratación de personas con discapacidad. 2) Presente un plan empresarial de responsabilidad para protección del medioambiente en su cadena de producción. 3) Haya propuesto en su oferta el compromiso de subcontratar a una empresa clasificada como MIPYME, MIPYME mujer, MIPYME industrial u otros sectores priorizados. Párrafo. El pliego de condiciones del procedimiento de contratación…
El pliego se reserva la facultad de terminar el proceso antes, durante o después de la adjudicación si identifica desviaciones a criterios del sistema de gestión integrado, sin precisar el alcance de esa facultad. El Reglamento contempla que, una vez dictada la adjudicación, no procede cancelar ni declarar desierto el procedimiento, sino que corresponde el mecanismo de revisión de oficio previsto en la Ley 107-13.
“Ante todo, lo expresado, el INAPA tiene potestad en todo momento de dar fin al actual proceso, incluyendo antes, durante y después, de la adjudicación de este proceso, si se logra identificar cualquier desviación a los criterios de las norm” (pág. 21)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 138 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 138 — Prohibición de cancelación y declaración de desierto
Artículo 138. Prohibición de cancelación y declaración de desierto. En ningún caso procederá la cancelación o declaratoria de desierto de un procedimiento de contratación, cuando se haya dictado el acto administrativo de adjudicación. Una vez adjudicado el contrato, si la institución contratante lo considera procedente, por darse las condiciones legalmente establecidas a esos fines, deberá agotar el procedimiento de revisión de oficio de su actuación administrativa a través de la declaración de lesividad prevista en la Ley núm. 107-13, sobre Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo.
El pliego prohíbe que participen simultáneamente empresas que compartan uno o más socios o accionistas y exige que opten por una sola. Esa restricción puede reducir la competencia entre personas jurídicas distintas y excede la prohibición expresa para integrantes de consorcios que establece la Ley; conviene verificar su justificación y aplicación.
“De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identidad de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberán participar por una sola de las empresas.” (pág. 33)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Para los defectos detectados en los bienes, el pliego fija un plazo de corrección no superior a dos días hábiles, sin distinguir por tipo de equipo o complejidad de la reparación. La regla merece revisión porque el Reglamento dispone que el plazo acordado considere la naturaleza del bien, lo que podría requerir un término distinto para algunos de los instrumentos adquiridos.
“De existir cualquier anomalía, y se tenga tiempo suficiente para que el proveedor corrija las faltas antes de que se cumpla el período en que se necesita, la institución deberá notificar en un plazo de cinco (5) días hábiles11, al proveedor” (pág. 28)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 185 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 185 — Recepción
Artículo 185. Recepción. Las personas designadas serán responsables de recibir los bienes, servicios y obras con carácter provisional. Los recibos firmados estarán sujetos a la conformidad de la recepción, una vez que se haya verificado que la prestación cumple con las condiciones establecidas. Párrafo I. Si se verificaran cantidades faltantes de bienes o servicios incompletos, en un plazo de cinco (5) días hábiles, se deberá intimar al proveedor y exigirle la entrega, otorgando un plazo para los fines. Párrafo II. Si se verificara que los bienes, servicios o la obra correspondiente no cumplieran con lo solicitado se procederá al rechazo de la prestación y, en un plazo de cinco (5) días…
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona