La Resolución MIVHED/CCC/2025/285, de 2025-12-08, aprobó el informe final de evaluación económica y adjudicó el Lote I a RBR Logistic, S.R.L. por RD$13,541,829.25 y el Lote II a UVRO Soluciones Empresariales, S.R.L. por RD$8,882,536.00. El acta también aprobó los reportes de lugares ocupados y ordenó constituir las garantías de fiel cumplimiento y publicar la adjudicación.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El reporte coloca a RBR Logistic primero en el Lote II y a UVRO segundo, pero el acta adjudica ese lote a UVRO y afirma que ocupó el primer lugar. La nota del pliego citada en el acta limita normalmente a un lote por oferente, lo que podría explicar el reparto entre empresas, pero la resolución no concilia esa regla con la afirmación de que UVRO fue primera ni explica el criterio aplicado para asignar el lote.
“RBR LOGISTIC, S.R.L. RD$8,882,532.40 1er 6 UVRO SOLUCIONES EMPRESARIALES, S.R.L. RD$8,882,536.00 2do ... haber ocupado el primer lugar en el Reporte de Lugares Ocupados.”
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
En el Lote I, Power Machinery aparece tercero y Multi-Trade registra el mismo monto sin lugar indicado; en el Lote II ocurre lo mismo con Cajufa y Multi-Trade, también con idéntico precio. Conviene verificar cómo se resolvieron esos empates y cómo se consignaron en el reporte; los oferentes empatados no resultaron adjudicatarios según esta resolución.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 131 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 131 — Desempate de ofertas
Artículo 131. Desempate de ofertas. En caso de igualdad en la calificación final, ya sea por igualdad de precios o por igualdad de puntaje, el pliego de condiciones deberá determinar cómo se decidirá la adjudicación, aplicando alguno de estos criterios: 1) Se dará preferencia a la oferta que haya incluido la contratación de personas con discapacidad. 2) Presente un plan empresarial de responsabilidad para protección del medioambiente en su cadena de producción. 3) Haya propuesto en su oferta el compromiso de subcontratar a una empresa clasificada como MIPYME, MIPYME mujer, MIPYME industrial u otros sectores priorizados. Párrafo. El pliego de condiciones del procedimiento de contratación…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
RBR LOGISTIC, S.R.L.Adjudicatario del Lote I; figura primero en los reportes de lugares ocupados de ambos lotes.
Adjudicado
Lote I
RD$13,541,829
RBR LOGISTIC, S.R.L.Figura en primer lugar en el reporte de lugares ocupados del Lote II, pero el lote se adjudicó a UVRO Soluciones Empresariales, S.R.L.
Habilitado
Lote II
RD$8,882,532
TRANSOLUTIONS JR, S.R.L.El acta no la incluye entre los oferentes habilitados para la evaluación económica; el informe final citado la excluyó de consideración para adjudicación por no sustentar sus precios.
UVRO SOLUCIONES EMPRESARIALES, S.R.L.Adjudicataria del Lote II; el acta afirma que ocupó el primer lugar, aunque el reporte la coloca en segundo lugar.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
CERDROMA TRADE SOLUTIONS, S.R.L.No figura entre los oferentes habilitados para la evaluación económica; los antecedentes del proceso consignan que no cumplió los índices financieros y que no aplicaba subsanación.
No habilitado
Lotes I y II
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TAPO INVERSIONES S.R.L.No figura entre los oferentes habilitados para la evaluación económica; los antecedentes consignan que no presentó certificación de estar al día con sus obligaciones de seguridad social.