El acta identifica cuatro integrantes del comité
· hace 10 meses
El documento identifica cuatro integrantes y no consigna a un titular del área de planificación y desarrollo institucional ni a otra persona que la sustituya. El reglamento establece un comité de cinco miembros; corresponde verificar si la integración prevista para instituciones sin esa estructura orgánica resulta aplicable.
“LIC. EDUARDO ESTEBAN POLANCO [presidente del Comité] ... SRA. ROSA MARTINEZ [Miembro-Tesorera] ... LIC. JOSE FRANCISCO MONTERO VALLEJO [Miembro-Jurídico] ... SRA. NELY YAJAIRA ORTEGA DE PADILLA [Miembro-Libre Acceso a la Información pública”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 9 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 9 — Conformación del Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 9. Conformación del Comité de Compras y Contrataciones. El Comité de Compras y Contrataciones estará conformado por cinco miembros: 1. La máxima autoridad ejecutiva de la institución contratante o la persona que designe como su representante, quien lo presidirá. 2. El titular del área administrativa y financiera. 3. El titular del área jurídica. 4. El titular del área de planificación y desarrollo institucional. 5. El responsable de la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública. Párrafo I. En aquellas instituciones contratantes que no cuenten con una estructura orgánica que permita la integración prevista en el presente artículo, se deberá identificar otro servidor de la…
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