El acta fija un presupuesto de RD$44,595,558 y el portal estima RD$47,182,670
· hace 10 meses
El acta de inicio y el pliego consignan un presupuesto estimado de RD$44,595,558.00, mientras el portal del proceso registra RD$47,182,670, una diferencia de RD$2,587,112. Como el proceso tuvo modificaciones posteriores al acta (26 y 29 de diciembre de 2025 y enmienda del 14 de enero de 2026), la diferencia podría derivar de esas actualizaciones; conviene confirmar qué monto amparó la certificación de apropiación presupuestaria. Los contratos adjudicados (RD$23,699,590 en total) quedaron por debajo de ambas cifras.
“Que dado que el presupuesto estimado para esta adquisición asciende al monto de cuarenta y cuatro millones quinientos noventa y cinco mil quinientos cincuenta y ocho pesos dominicanos con 00/100 (RD$44,595,558.00),”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
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