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Abriendo la ficha…

Pliego

Pliego LPN-2025-0049 ccc.pdf

ADQUISICIÓN DE BOMBAS Y COMPRESORES INDUSTRIALES PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LOS ACUEDUCTOS DEL INAPA, SEGÚN LO PLANIFICADO POR EL PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN SECTOR APS · Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados

Publicado el 8 dic de 202540 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso INAPA-CCC-LPN-2025-0049

Lo que dice

El pliego convoca una Licitación Pública Nacional para adquirir 15 tipos de bombas y compresores industriales, con un presupuesto estimado de RD$21,542,000 y adjudicación por ítem al menor precio entre las ofertas que cumplan los requisitos. Fija la recepción de ofertas para el 3 de febrero de 2026 y establece condiciones de calificación técnica y financiera, garantías y entrega; contiene, entre otras, una discrepancia entre los plazos de entrega y una regla de desempate por sorteo.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (2 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (7)

A revisarHallazgo en documentos

Se excluye un formato de oferta técnica publicado

Documento del 8 dic 2025 · hace 10 meses

El pliego indica que no admitirá ofertas técnicas presentadas con el formato publicado en las especificaciones y exige que se presenten en hoja timbrada y sellada. Esa exclusión formal puede descartar ofertas sin que el texto identifique qué información sustantiva dejaría de poder evaluarse; el reglamento establece que no usar documentos estandarizados no es por sí solo causa de rechazo si se obtiene la misma información.

“La oferta técnica debe estar presentada en hoja timbrada y sellada. La Entidad Contratante hace constar que no se admitirán ofertas técnicas las cuales sean presentadas bajo el formato publicado en las especificaciones técnicas del proceso ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 6 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 6 — Documentos estandarizados

Artículo 6. Documentos estandarizados. En el marco del ejercicio de función de centralización de las políticas y normas del Sistema Nacional de Contrataciones Públicas, la Dirección General emitirá modelos de pliegos de condiciones y documentos estandarizados que deberán ser utilizados por las instituciones contratantes y los proveedores con el objetivo de universalizar, homologar y unificar los expedientes de los procedimientos de selección. Párrafo. Sin perjuicio del objetivo anterior, no será motivo de descalificación la oferta de un proveedor o motivo de la nulidad de un acto o etapa del procedimiento de selección, el que no se hayan utilizado los documentos estandarizados, siempre que…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

Dos plazos distintos para entregar los bienes

Documento del 8 dic 2025 · hace 10 meses

El pliego establece un plazo máximo de 12 semanas desde la certificación del contrato y también un máximo de 45 días desde esa certificación. La discrepancia puede alterar la preparación de las ofertas y la exigibilidad contractual; el reglamento prevé que el pliego indique el plazo estimado de entrega.

“los cuales no deben exceder las Doce (12) Semanas, contados a partir de la certificación del contrato por ante la Contraloría General de la República … El adjudicatario(a) entregará los bienes en un plazo no mayor a Cuarenta y cinco Días (4”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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A revisarHallazgo en documentos

Desempate previsto únicamente por sorteo

Documento del 8 dic 2025 · hace 10 meses

El pliego dispone un sorteo para cualquier empate, sin establecer las preferencias previstas por el reglamento ni limitar el azar a los casos en que no haya propuestas con los criterios de preferencia o el pliego no indique uno. Esto deja la adjudicación empatada sujeta a un mecanismo distinto del orden reglamentario.

“En caso de empate entre dos o más Oferentes/Proponentes, El Comité de Compras y Contrataciones procederá por una elección al azar, tipo sorteo, el cual se llevará a cabo de manera pública, con los oferentes empatados y en presencia de Notar”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 131 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 131 — Desempate de ofertas

Artículo 131. Desempate de ofertas. En caso de igualdad en la calificación final, ya sea por igualdad de precios o por igualdad de puntaje, el pliego de condiciones deberá determinar cómo se decidirá la adjudicación, aplicando alguno de estos criterios: 1) Se dará preferencia a la oferta que haya incluido la contratación de personas con discapacidad. 2) Presente un plan empresarial de responsabilidad para protección del medioambiente en su cadena de producción. 3) Haya propuesto en su oferta el compromiso de subcontratar a una empresa clasificada como MIPYME, MIPYME mujer, MIPYME industrial u otros sectores priorizados. Párrafo. El pliego de condiciones del procedimiento de contratación…

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A revisarHallazgo en documentos

El pliego prevé dar fin al proceso después de la adjudicación

Documento del 8 dic 2025 · hace 10 meses

El pliego se reserva la facultad de dar fin al proceso incluso después de la adjudicación, sin precisar el mecanismo aplicable. La Ley permite cancelar o declarar desierto antes de adjudicar, y el Reglamento dispone que, una vez adjudicado, corresponde el procedimiento de revisión de oficio previsto en la Ley 107-13.

“Ante todo, lo expresado, el INAPA tiene potestad en todo momento de dar fin al actual proceso, incluyendo antes, durante y después, de la adjudicación de este proceso, si se logra identificar cualquier desviación a los criterios de las norm”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 24 · Reglamento 416-23, art. 138 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 24

ART. 24. Toda entidad contratante podrá cancelar o declarar desierto un proceso de compra o contratación mediante el dictado de un acto administrativo, antes de la adjudicación, siempre y cuando existan informes de carácter legal y técnico debidamente justificados. PÁRRAFO I. En el evento de declaratoria de desierto un proceso, la entidad podrá reabrirlo, en la misma forma que lo hizo con el primero, dando un plazo de propuestas que puede ser de hasta un cincuenta por ciento (50%) del plazo del proceso fallido, al cual pueden acudir los proponentes que adquirieron los pliegos de condiciones sin volver a pagarlos. PÁRRAFO II. Si en la reapertura, se produjese una segunda declaratoria de…

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Reglamento 416-23, artículo 138 — Prohibición de cancelación y declaración de desierto

Artículo 138. Prohibición de cancelación y declaración de desierto. En ningún caso procederá la cancelación o declaratoria de desierto de un procedimiento de contratación, cuando se haya dictado el acto administrativo de adjudicación. Una vez adjudicado el contrato, si la institución contratante lo considera procedente, por darse las condiciones legalmente establecidas a esos fines, deberá agotar el procedimiento de revisión de oficio de su actuación administrativa a través de la declaración de lesividad prevista en la Ley núm. 107-13, sobre Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo.

A revisarHallazgo en documentos

Certificaciones eléctricas nombradas sin alternativa equivalente expresa

Documento del 8 dic 2025 · hace 10 meses

Para determinados ítems se exigen certificaciones eléctricas ANSI, CSA o UL 7778 del fabricante, pero el pliego no indica expresamente que se aceptarán acreditaciones equivalentes. Conviene verificar en el mercado la disponibilidad de esas certificaciones y si la exigencia permite competir a productos técnicamente equivalentes.

“Certificación eléctrica ANSI, CSA, UL 7778 del Fabricante en Idioma Español, según Ficha Técnica para los Ítems:”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

A revisarHallazgo en documentos

Corrección de defectos limitada a un máximo de dos días hábiles

Documento del 8 dic 2025 · hace 10 meses

Para las anomalías detectadas antes del período en que la institución necesita los bienes, el pliego fija un máximo de dos días hábiles para corregirlas, sin distinguir por tipo de bien o complejidad del defecto. El reglamento prevé que el plazo de cumplimiento se acuerde considerando el tipo de prestación.

“En los casos donde … se tenga tiempo suficiente para que el proveedor corrija las faltas antes de que se cumpla el período en que se necesita, la institución deberá notificar en un plazo de cinco (5) días hábiles11, al proveedor para que”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 185 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 185 — Recepción

Artículo 185. Recepción. Las personas designadas serán responsables de recibir los bienes, servicios y obras con carácter provisional. Los recibos firmados estarán sujetos a la conformidad de la recepción, una vez que se haya verificado que la prestación cumple con las condiciones establecidas. Párrafo I. Si se verificaran cantidades faltantes de bienes o servicios incompletos, en un plazo de cinco (5) días hábiles, se deberá intimar al proveedor y exigirle la entrega, otorgando un plazo para los fines. Párrafo II. Si se verificara que los bienes, servicios o la obra correspondiente no cumplieran con lo solicitado se procederá al rechazo de la prestación y, en un plazo de cinco (5) días…

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ContextoHallazgo en documentos

El código de actividad comercial preferido aparece contradictorio

Documento del 8 dic 2025 · hace 10 meses

La sección sobre el objeto identifica como actividad preferible 40150000, pero la lista de documentos legales señala 26100000, Fuentes de Energía; otra tabla de evaluación vuelve a indicar 40150000. Como el requisito se formula como preferible, el texto no establece una exclusión automática, pero la discrepancia merece aclaración para evitar evaluaciones inconsistentes.

“de acuerdo con las condiciones fijadas en el presente pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas, dicha contratación ha sido clasificada bajo el rubro - clase Bombas, por lo que los oferentes deberán tener preferiblemente la acti”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 8

ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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