El pliego de diciembre de 2025 establece las reglas de la Licitación Pública Nacional EDEESTE-CCC-LPN-2025-0031 para adquirir servidores, con presupuesto referencial de RD$10,147,365.96 y recepción de ofertas prevista para el 28 de enero de 2026. Fija una garantía de seriedad del 5%, vigencia de ofertas hasta el 20 de abril de 2026 y entrega en hasta 15 días hábiles; el resumen del proceso indica que la adjudicación efectiva ocurrió el 15 de julio de 2026, después de la vigencia originalmente fijada para las ofertas.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego permite sustituir el incumplimiento de los indicadores financieros por una línea de crédito o préstamo preaprobado equivalente al 1% del presupuesto, aproximadamente RD$101,474. Esto merece revisión para determinar si ese respaldo acredita suficientemente la capacidad financiera para ejecutar una contratación estimada en RD$10,147,365.96.
“Certificación de Línea de Crédito o Préstamo Comercial preaprobada/o por una entidad de intermediación financiera establecida y autorizada a operar en la República Dominicana por la Superintendencia de Bancos (SIB), equivalente al uno por c”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 8
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
El pliego exige una garantía del 5% del monto ofertado, cinco veces el 1% establecido en el artículo 196 del Reglamento 416-23. El requisito incrementa el costo de participar y merece revisión por su posible efecto restrictivo sobre la competencia.
“El Oferente deberá depositar en original una Póliza de Seguro, emitida por una entidad de intermediación financiera o aseguradora establecida y autorizada a operar en la República Dominicana por la Superintendencia de Bancos (SIB) o la Supe”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 196 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 196 — Monto de la garantía de mantenimiento y seriedad la oferta
Artículo 196. Monto de la garantía de mantenimiento y seriedad la oferta. El monto de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta será de un 1 % del monto de la oferta presentada, esta es de cumplimiento obligatorio y vendrá incluida dentro del sobre contentivo de la oferta económica o “Sobre B”.
El pliego fija la vigencia de las ofertas hasta el 20 de abril de 2026, mientras que el acta reseñada en los documentos del proceso registra la adjudicación efectiva el 15 de julio de 2026. Corresponde verificar si se solicitó oportunamente una prórroga de las ofertas y la renovación de las garantías, conforme al mecanismo previsto por la ley.
“Las ofertas presentadas por los oferentes deben estar vigentes hasta el lunes (20) de abril del año 2026.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 22 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 22
ART. 22. La propuesta tendrá validez durante el periodo que se señale en el pliego de condiciones; no obstante, antes de que venza el plazo de validez de la propuesta, la entidad podrá solicitar una prórroga de duración determinada. El oferente podrá negarse a la solicitud sin perder por ello la garantía de mantenimiento de oferta y su validez cesará al expirar el plazo de vigencia original, en cuyo caso ya no será considerado en el proceso. Para que la oferta se estime prorrogada se requiere que el oferente presente el documento de renovación de la garantía, determinándose que quien no entregue la garantía prorrogada no será considerado en el proceso.
El pliego dispone primero que la garantía cubra hasta 20 días después de la fecha prevista para suscribir el contrato, pero luego fija su vigencia hasta el 14 de abril de 2026, fecha límite de suscripción indicada en el cronograma. La discrepancia puede dejar incierto el período de cobertura si la firma se retrasa.
“que esté vigente hasta veinte (20) días después de la fecha prevista en el cronograma para la suscripción del contrato y que cumpla con las siguientes características: … Con una vigencia hasta el martes (14) de abril del año 2026.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 197 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 197 — Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta
Artículo 197. Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. La vigencia de esta garantía de seriedad de la oferta será establecida por el pliego de condiciones, deberá contarse a partir de la fecha de apertura de las ofertas técnicas y cubrir hasta la fecha de suscripción del contrato, de acuerdo con el cronograma de actividades del procedimiento de selección.
El plazo máximo de entrega es de 15 días hábiles desde la certificación del contrato ante la Contraloría; el objeto incluye distintas configuraciones de servidores, incluida una con GPU H100. El plazo puede restringir la participación a proveedores con disponibilidad inmediata de equipos y amerita comprobar su compatibilidad con los tiempos reales de suministro.
“El suministro de los bienes requeridos por la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este S. A (EDEESTE), se debe cumplir sobre la base del plazo no mayor a 15 días hábiles a partir de la Certificación del Registro del Contrato ante la C”
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona