El acta, fechada el 4 de diciembre de 2025, aprueba la recomendación pericial y adjudica a Santo Domingo Motors Company, S.A. la adquisición de un vehículo tipo SUV por RD$4,578,000. Registra que hubo un único oferente habilitado y que su propuesta quedó por debajo del precio de referencia de RD$4,680,000, por lo que se adjudicó sin puja.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adjudica RD$4,578,000, mientras que el portal registra una oferta y un contrato por RD$4,800,000. La diferencia de RD$222,000 debe cotejarse con el contrato y la oferta económica originales; el portal podría estar desactualizado o contener un registro distinto.
“por un monto total de CUATRO MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y OCHO MIL PESOS CON 00/100 (RD$4,578,000.00)”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
El acta registra un solo oferente habilitado y lo adjudica sin puja. Aunque el pliego permite adjudicar sin puja si solo un oferente califica y su oferta no supera el precio de referencia, la participación efectiva de un solo proveedor merece revisión como indicador de competencia limitada; el portal registra que se notificó a 4,474 proveedores.
“cuyo plazo de recepción de ofertas, que culminó con el correspondiente Acto de Apertura de Ofertas 'lecnicas “Sobre A” y Ofertas Económicas “Sobre B”, en el cual se presentó el siguiente oferente habilitado;”
Posible explicación normal: la ley o el reglamento podría permitirlo.
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 145 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 145 — Puja electrónica y adjudicación
Artículo 145. Puja electrónica y adjudicación. Solo pueden participar en la puja electrónica aquellos oferentes que su propuesta técnica y económica inicial haya sido habilitada por cumplir con todo lo establecido en el pliego de condiciones. Para la puja se requiere que al menos dos oferentes hayan sido habilitados y estén conectados en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), conforme con el día y hora previstos en el cronograma. Se adjudicará al oferente que haya presentado el menor precio dentro del tiempo de la puja. Párrafo I. Si solo existiese un oferente conectado con una oferta inicial presentada, la institución podrá adjudicarlo directamente sin realizar la puja.…
Oferentes que registra (1)
1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Santo Domingo Motors Company, S.A.El acta señala que cumplió los requisitos legales, técnicos y económicos financieros; fue el único oferente participante y presentó una oferta inicial de RD$4,578,000 para el único lote.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona