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Enmienda

PLIEGO AUDIOVISUALES - CP-2025-0008 Enmendado.pdf

Contratación de los Servicios de Audiovisuales para el Premio Nacional de la Juventud 2026 · Ministerio de la Juventud

Publicado el 4 dic de 202535 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso MJ-CCC-CP-2025-0008

Lo que dice

El pliego establece las condiciones para contratar, por Comparación de Precios, servicios audiovisuales para la ceremonia del Premio Nacional de la Juventud 2026, con presupuesto base de RD$4,400,000.00 y ejecución prevista entre el 29 de enero y el 1 de febrero de 2026. Limita la participación a MIPYMES según su portada y fija requisitos de calificación técnica, financiera y de equipos; este documento no adjudica el proceso.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (8 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentosRD$4.4 millones

Reserva a MIPYMES y modalidad aparecen inconsistentes

Documento del 4 dic 2025 · hace 10 meses

El pliego identifica el procedimiento como Comparación de Precios y a la vez lo limita exclusivamente a MIPYMES; el portal indica que no está reservado a MIPYMES. El Reglamento encuadra las compras dirigidas a ese sector como procedimiento de excepción, por lo que conviene verificar la clasificación publicada y las reglas aplicadas a la participación.

“Exclusivamente para Mipymes. Comparación de Precios”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 46 · Reglamento 416-23, art. 49 · Reglamento 416-23, art. 55 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 46 — Casos de excepción

Artículo 46. Casos de excepción. Serán considerados casos de excepción, y no una violación a la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, los procedimientos que se realicen mediante selección competitiva o directa, para dar respuesta a los casos, circunstancias, situaciones y condiciones especiales indicadas en el párrafo del artículo 6 de la referida ley, siempre y cuando se realicen de conformidad con lo establecido en el presente reglamento, y los manuales, guías, políticas y orientaciones normativas que emita la Dirección General de Contrataciones Públicas. Los procedimientos de selección por excepción se justifican: 1. Por situaciones de seguridad nacional. 2. Por situaciones de emergencia…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 49 — Excepciones por selección competitiva

Artículo 49. Excepciones por selección competitiva. La contratación por selección competitiva es el procedimiento donde las instituciones realizan un llamado a través de una convocatoria en el SECP, para que las personas interesadas o invitadas, según el tipo de excepción, presenten sus propuestas para el bien, servicio u obra que el Estado necesita. Los procedimientos de excepción por selección competitiva son: 1. Situaciones de seguridad nacional. 2. Situaciones de emergencia nacional. 3. Situaciones de urgencia. 4. Exclusividad. 5. Compras y contrataciones destinadas a promover el desarrollo de MIPYMES. 6. Rescisión de contratos cuya terminación no exceda el 40 % del monto total del…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 55 — Procedimiento de excepción para las compras y contrataciones destinadas a promover el desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES)

Artículo 55. Procedimiento de excepción para las compras y contrataciones destinadas a promover el desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES). Se utilizará este procedimiento para incentivar y promover el desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) y cumplir con las disposiciones legales que reservan porcentajes de los presupuestos institucionales para ser enfocados en las convocatorias de las compras y contrataciones a este sector. Párrafo. Para participar en procedimientos de excepción dirigidos a MIPYMES los oferentes deberán acreditar la condición a través del correspondiente certificado emitido por el Ministerio de Industria y Comercio y MIPYMES…

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A revisarHallazgo en documentos

Requisitos técnicos acumulados pueden limitar la competencia

Documento del 4 dic 2025 · hace 10 meses

El pliego exige equipos completos en las instalaciones del oferente y descalificación automática si falta alguno durante la inspección; también exige experiencia reciente, cuatro años de constitución y referencias de eventos de al menos 2,000 personas. Para una contratación dirigida a MIPYMES, conviene verificar que estas condiciones sean proporcionales al objeto y permitan acreditar capacidad sin exigir necesariamente la tenencia propia de todos los equipos.

“El oferente que no cuente con la totalidad de lo solicitado en la planilla al momento de la inspección quedara descalificado automáticamente. NO SUBSANABLE. Mínimo 4 años de constituida (empresas). (Persona Física).”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

ContextoHallazgo en documentosRD$4.4 millones

Contrato registrado por el monto tope frente a oferta de RD$0

Documento del 4 dic 2025 · hace 10 meses

Según los datos del portal, Grupo Maace figura con una oferta de RD$0 en estado cargada/pendiente y con un contrato de RD$4,400,000; Pink Iguana figura con una oferta de RD$4,400,000. El pliego exige adjudicar al menor precio entre las ofertas habilitadas, pero no contiene el acto de adjudicación; debe cotejarse con la oferta original y el informe de evaluación, pues el dato de RD$0 podría ser un registro pendiente o incompleto.

“La adjudicación será a favor de aquel oferente que: 1) Haya sido habilitado para la apertura de su oferta económica, 2) que presente el menor precio en la Plantilla de Precios por Evento (PPE-0001)”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 26

ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…

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Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación

Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…

ContextoHallazgo en documentosRD$4.4 millones

Necesidad en el POA, pero sin renglón del mismo objeto en el PACC

Documento del 4 dic 2025 · hace 10 meses

El pliego indica que el POA 2025 identificó la necesidad, mientras que el cruce del PACC aportado señala que no hay renglón de este tipo de servicio en el plan 2025 ni en el anterior. Es un dato a verificar en la planificación del proceso y resulta relevante ante antecedentes de auditoría sobre compras fuera del PACC en la institución.

“El Ministerio de la Juventud, en su POA 2025, ha identificado la necesidad de contratar a proveedores especializados para llevar a cabo el montaje de esta ceremonia.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 38 · Reglamento 416-23, art. 63 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 38

ART. 38. Las entidades comprendidas en el ámbito de la presente ley están obligadas a elaborar planes y programas anuales de contratación de bienes y servicios, de acuerdo con las normas y metodologías que al respecto dicte el Órgano Rector. Los planes y programas anuales se elaborarán con base en las políticas que dicte la Secretaría de Estado de Finanzas o, en el caso que corresponda, por el Consejo Directivo de las instituciones o por la Sala Capitular de los Ayuntamientos. Estos serán consistentes con las apropiaciones presupuestarias aprobadas para cada ejercicio. Asimismo, los planes y programas servirán de base para la programación periódica de la ejecución del presupuesto. PÁRRAFO…

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Reglamento 416-23, artículo 63 — El Plan Anual de Compras y Contrataciones (PACC)

Artículo 63. El Plan Anual de Compras y Contrataciones (PACC). Es el documento elaborado por el área de planificación y desarrollo de los entes y órganos sujetos a la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, con el apoyo de la Unidad Operativa de Compras y Contrataciones, de acuerdo con las políticas, normas y metodologías establecidas por la Dirección General de Contrataciones Públicas. El PACC debe ser formulado con base al presupuesto aprobado para cada institución, conforme a las actividades plasmadas en su Plan Operativo Anual (POA), y debe describir las obras a ejecutarse, los bienes a adquirirse y los servicios a contratarse durante el ejercicio presupuestario correspondiente,…

Otros documentos del proceso (17)

  • ACTA DE COMITE DE COMPRAS.pdfPliego · 1 dic de 2025
  • PLIEGO AUDIOVISUALES - Juventud CP-2025-0008.pdfPliego · 1 dic de 2025
  • ACTA DE COMITE DE COMPRAS.pdfActa · 1 dic de 2025
  • ACTA DE COMITE DE COMPRAS.pdfInforme pericial · 1 dic de 2025 · 1 señal
  • PLIEGO AUDIOVISUALES - Juventud CP-2025-0008.pdfPliego · 1 dic de 2025
  • Comparativo Plantilla de Precio por Evento (PPE-001) No Subsanable.xlsxDocumento · 3 dic de 2025
  • 1-Requerimiento Audiovisuales CP-2025-0008.pdfDocumento · 4 dic de 2025
  • 2-Solicitud de Compras.pdfSolicitud de compra · 4 dic de 2025
  • Acto de Adm. de Enmienda CCC CP-0008.pdfEnmienda · 4 dic de 2025 · 4 señales
  • Registro de Enmienda Firmado CP-0008.pdfEnmienda · 4 dic de 2025 · 2 señales
  • Acta de aprobación de informe y adjudicación CP-2025-0008.pdfActa de adjudicación · 17 dic de 2025 · 2 señales

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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12-Informe Definitivo CP-2025-0008.pdfInforme de evaluación · —
  • Acta de aprobación de informe y adjudicación CP-2025-0008.pdfActa de adjudicación · —
  • Acta de aprobación de informe y adjudicación CP-2025-0008.pdfActa de adjudicación · —
  • Acta de Comprobacion No. 27-2025 Sobre B Audiovisuales.pdfActa · —
  • Informe final del portalDocumento · —
  • Modelo de Contrato CP-0008.docxContrato · —