La Resolución núm. CCC-2025-229, de fecha 2025-12-01, aprobó el informe de evaluación económica y adjudicó el lote único del proceso PROPEEP-CCC-CP-2025-0049 a Xiomari Veloz D' Lujo Fiesta, SRL por RD$4,699,360. El acta registra como habilitados a cinco oferentes y como no habilitados a Coimex Group, Corporación de Suministros Empresariales Comsume y Jarro Pichao.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La resolución adjudica el proceso el 1 de diciembre, aunque el cronograma del pliego fijaba el acto de adjudicación para el 5 de diciembre; el portal registra además el contrato el 3 de diciembre. La diferencia amerita verificar si se modificó y notificó formalmente el cronograma antes de adelantar esa etapa.
“En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, siendo el día primero (1ro.) del mes de diciembre del año dos mil veinticinco (2025), se reunieron, previa convocatoria, los siguientes miembros”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Jarro Pichao, SRLEl acta consigna que no aportó la documentación técnica no subsanable requerida ni documentación que demostrara experiencia previa similar.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona