Un solo oferente habilitado en el procedimiento previo
· hace 10 meses
El acto consigna que en la licitación previa 0003 solo un oferente quedó habilitado para la apertura económica y que el proceso se declaró desierto por una garantía inferior al 1% de su oferta. Es un antecedente de competencia efectiva limitada que conviene contrastar con la participación y evaluación de esta segunda convocatoria; por sí solo no acredita una irregularidad.
“«el único oferente habilitado para la apertura de su oferta económica «Sobre B», no cumplió con los criterios de evaluación establecidos en el Pliego de Condiciones, en razón de que la garantía de mantenimiento y seriedad de oferta presenta”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
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