El pliego establece las condiciones de la subasta inversa electrónica CORAASAN-CCC-SI-2025-0009 para adquirir tres ítems de bombas centrífugas, con valor referencial total de RD$41,593,841.99 y entrega prevista dentro de seis meses del registro del contrato. Fija la recepción de ofertas para el 9 de diciembre de 2025, la apertura económica para el 2 de enero de 2026 y la puja definitiva para el 7 de enero de 2026. Según el portal, el proceso figura cancelado; el pliego no contiene una decisión de cancelación.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego fija la vigencia de las ofertas hasta el 26 de diciembre de 2025, aunque programa la apertura económica para el 2 de enero de 2026 y la puja definitiva para el 7 de enero. Aunque prevé solicitar prórrogas, la vigencia inicial no cubre esas etapas y habría que verificar que se prorrogara válidamente antes de su vencimiento.
“Las ofertas presentadas por los oferentes deben estar vigentes hasta el 26 de diciembre del 2025. … 9. Apertura electrónica de ofertas económicas iniciales El 02 de enero del 2026, a las 10:00am” (págs. 8-12)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 22 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 22
ART. 22. La propuesta tendrá validez durante el periodo que se señale en el pliego de condiciones; no obstante, antes de que venza el plazo de validez de la propuesta, la entidad podrá solicitar una prórroga de duración determinada. El oferente podrá negarse a la solicitud sin perder por ello la garantía de mantenimiento de oferta y su validez cesará al expirar el plazo de vigencia original, en cuyo caso ya no será considerado en el proceso. Para que la oferta se estime prorrogada se requiere que el oferente presente el documento de renovación de la garantía, determinándose que quien no entregue la garantía prorrogada no será considerado en el proceso.
El proceso se convoca como subasta inversa para bombas de caudales y plantas específicos, con fichas técnicas del fabricante, curvas características, diagramas de piezas y visitas a fábrica. Estas características justifican verificar si los bienes son comunes y estandarizados, condición prevista para la subasta inversa; el documento no permite concluir por sí solo que no lo sean.
“BOMBA VERTICAL TIPO TURBINA 330 L/s, Planta de 25 MGD … Ficha técnica del fabricante (que incluya las curvas características y el diagrama de piezas). (No subsanable).” (págs. 5-11)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 17 · Reglamento 416-23, art. 43 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 17
ART. 17. Para determinar la modalidad de selección a aplicar en un proceso de compra o contratación se utilizarán los umbrales topes, que se calculan multiplicando el Presupuesto de Ingresos Corrientes del Gobierno Central, aprobado por el Congreso de la República, por los factores incluidos en la siguiente tabla, según corresponda a obras, bienes o servicios: OBRAS BIENES SERVICIOS 1) Licitación pública 0.00060 0.000020 0.000020 2) Licitación restringida 0.00025 0.000008 0.000008 3) Sorteo de obras 0.00015 No Aplica No aplica 4) Comparaciones de precios 0.00004 0.0000015 0.0000015 Compras menores No aplica 0.0000002 0.0000002 A título enunciativo, para el Presupuesto de Ingresos Corrientes…
Reglamento 416-23, artículo 43 — De la subasta inversa
Artículo 43. De la subasta inversa. Este procedimiento podrá utilizarse para la contratación de bienes comunes y estandarizados, en el cual los oferentes realizan propuestas en el plazo establecido en el pliego de condiciones, reduciendo el precio inicialmente ofertado en valores o porcentajes mínimos mediante puja electrónica a través del SECP.
Una cláusula condiciona el anticipo de 20 % a que el adjudicatario sea MIPYME, pero la sección de pagos dispone un anticipo de 20 % sin esa condición y otro pago de 30 % contra presentación del conocimiento de embarque, antes de la recepción conforme. Conviene aclarar la elegibilidad para el primer pago y si el segundo pago constituye un avance sujeto a garantía de buen uso.
“El anticipo que le será otorgado al(la) adjudicatario(a) como parte de las condiciones de pago, previstas en el numeral 11, será de un 20% si se trata de un oferente certificado como MIPYMES … LA CORAASAN procederá a realizar un segundo pag” (págs. 27-28)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 168 · Reglamento 416-23, art. 204 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 168 — Anticipo o avance
Artículo 168. Anticipo o avance. Las instituciones contratantes no podrán comprometerse a entregar por concepto de anticipo o avance, un porcentaje mayor al veinte por ciento (20 %) del valor del contrato u orden de compra, y los pagos restantes deberán ser entregados en la medida del cumplimiento del mismo. Párrafo. En el caso de adjudicaciones realizadas a favor de una MIPYME, las instituciones contratantes deberán entregar un avance inicial del veinte por ciento (20 %) del valor del contrato, orden de compra o de servicio.
Reglamento 416-23, artículo 204 — Monto de la garantía de buen uso de anticipo
Artículo 204. Monto de la garantía de buen uso de anticipo. Siempre que el adjudicatario haya recibido el anticipo, estará obligado a presentar la garantía de buen uso del anticipo por el total del monto que reciba como pago adelantado.
El pliego incorpora como requisito de elegibilidad que las empresas ubicadas en Santiago presenten su última factura de agua al día. Al aplicarse según la ubicación del oferente y no de manera general, corresponde verificar su relación con la ejecución del contrato y su proporcionalidad, pues puede imponer una condición de acceso diferenciada.
“Última factura del servicio de agua en la cual demuestre estar al día en pago (aplica para empresas ubicadas en la provincia de Santiago).” (pág. 10)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
El pliego dispone que los gastos de la visita de dos técnicos estén excluidos del precio unitario de los materiales, pero también exige incluirlos dentro del precio unitario del bien ofertado. La diferencia puede afectar la comparabilidad de las ofertas y la base de los lances por ítem.
“los cuales deberán estar excluido del precio unitario de los materiales … La Oferta deberá incluir los gastos de como mínimo dos (2) colaboradores de la Entidad Contratante que realizarán la visita” (págs. 6-13)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 20 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 20
ART. 20. El pliego de condiciones proporcionará toda la información necesaria relacionada con el objeto y el proceso de la contratación, para que el interesado pueda preparar su propuesta. PÁRRAFO I. Los participantes podrán solicitar a la entidad convocante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50%) del plazo para presentación de propuestas. La entidad dará respuesta a tales solicitudes de manera inmediata, y no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75%) del plazo previsto para la presentación de propuestas. Las aclaraciones se comunicarán, sin indicar el origen de la solicitud, a todos los…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona