El acta 0001-2025, fechada el 1 de diciembre de 2025, aprueba enmiendas al pliego del proceso TRABAJO-CCC-SI-2025-0006 tras un monitoreo preventivo de la DGCP. Identifica como asuntos la publicación institucional, el modelo de contrato y la autorización de la OGTIC; incorpora referencias y anexos sobre esos puntos y declara que no altera sustancialmente los términos ni el objeto. El documento denomina reiteradamente el proceso «Comparación de Precios», aunque también lo identifica como subasta inversa.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento describe reiteradamente el proceso como comparación de precios, pero en la misma acta también lo identifica como subasta inversa. El expediente y el portal lo registran como subasta inversa; la discrepancia documental merece aclaración para confirmar que las actuaciones se tramitaron bajo la modalidad correcta.
“proceso de Comparacion de Precios núm. TRABAJO-CCC-SI-2025-0006 … Subasta Inversa” (págs. 1-5, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 37 · Reglamento 416-23, art. 43 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 37 — Procedimientos de selección ordinarios
Artículo 37. Procedimientos de selección ordinarios. Los procedimientos de selección ordinarios a los que se sujetarán las compras y contrataciones son licitación pública, que podrá ser nacional o internacional de conformidad con las disposiciones del artículo 16 de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones; licitación restringida, sorteo de obras, comparación de precios, subasta inversa y compras menores, según corresponda a las condiciones establecidas en el artículo 17 de la misma ley.
Reglamento 416-23, artículo 43 — De la subasta inversa
Artículo 43. De la subasta inversa. Este procedimiento podrá utilizarse para la contratación de bienes comunes y estandarizados, en el cual los oferentes realizan propuestas en el plazo establecido en el pliego de condiciones, reduciendo el precio inicialmente ofertado en valores o porcentajes mínimos mediante puja electrónica a través del SECP.
El acta identifica como asunto la ausencia de autorización de OGTIC, pero el anexo reproducido solo confirma la recepción de una solicitud y la creación de un ticket. Conviene verificar en el expediente si se obtuvo la autorización correspondiente; el comprobante incluido no la acredita por sí mismo.
“3-Ausencia de autorización de la OGTIC … Nos complace informarle que hemos recibido su solicitud y se ha creado un ticket.” (págs. 3-4, escaneada)
Enmienda 1, págs. 3-5Documentación del modelo de contrato, la autorización de OGTIC y la publicación institucional
El acta identifica como asuntos del monitoreo la falta de publicación en el portal, el modelo de contrato y la ausencia de autorización de la OGTIC.
Se incorpora la referencia al modelo SNCC.C.023, un comprobante de recepción de una solicitud de servicio de OGTIC y una captura de la página institucional donde figura el proceso.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona