El documento presenta la ficha técnica para solicitar una propuesta a YPS Comunica, SRL, mediante contratación directa para promover el proyecto Soberanía Radial 4.0. Establece un plazo contractual de tres meses, pagos mensuales contra factura y una garantía de fiel cumplimiento que la ficha exige presentar dentro de cinco días calendario; no indica fecha de emisión ni número de acta.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La ficha describe actividades «no limitadas» y objetivos amplios, pero no fija cantidades, entregables verificables ni métricas concretas, aunque alude a evaluar alcance e impacto. Para un servicio de tres meses y pagos mensuales, esa falta de parámetros puede dificultar comprobar el cumplimiento y relacionar los pagos con resultados; conviene contrastar con la propuesta y el contrato.
“Para estos objetivos YPS Comunica, desplegará las siguientes actividades, no limitadas: … 5. Campaña digital innovadora: redes sociales, podcast, contenido audiovisual interactivo.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
La ficha exige presentar la garantía de fiel cumplimiento dentro de cinco días calendario. El Reglamento fija cinco días hábiles para presentarla; el plazo consignado reduce el tiempo disponible para el adjudicatario y debe verificarse frente a la regla aplicable.
“El proveedor adjudicado deberá constituir una garantía de fiel cumplimiento de contrato, a requerimiento del INDOTEL una vez notificada la adjudicación dentro de los cinco días calendarios.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 200 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 200 — Presentación de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 200. Presentación de la garantía de fiel cumplimiento. El adjudicatario deberá constituir y presentar ante el ente u órgano contratante la garantía de fiel cumplimiento dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir de la notificación de la adjudicación. Para licitaciones internacionales o cuando sea un adjudicatario extranjero, el plazo será de diez (10) días hábiles. Párrafo I. Si dentro del plazo definido por este artículo no es formalizada la garantía correspondiente, no podrá generarse la orden de compra o suscripción del contrato y la institución contratante podrá ejecutar la garantía de mantenimiento o seriedad de la oferta y proceder a adjudicar al oferente que haya…
YPS Comunica, SRLLa ficha la identifica como la empresa cuya contratación propone y a la que se solicitaría una propuesta; este documento no consigna una adjudicación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona