El Acta núm. 186, de fecha 2025-11-25, aprueba el informe económico y adjudica la subasta inversa MIMARENA-CCC-SI-2025-0014 a Muñoz Concepto Mobiliario, SRL, por RD$8,087,696.40; Burdiez y Compañía, SRL, por RD$840,000.12; y Flow, SRL, por RD$513,513.30. La suma adjudicada es RD$9,441,209.82, distribuida por ítems entre las tres empresas. El acta ordena garantías de fiel cumplimiento por 4% —o 1% para MIPYMES—, con vigencia de doce meses, y fija cinco días calendario para presentarlas.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adjudica el 25 de noviembre de 2025, pero el portal registra contratos activos y confirmados de los tres adjudicatarios con fecha 6 de noviembre de 2025. La diferencia amerita verificar las fechas de formalización y notificación; el registro del portal podría reflejar una fecha distinta de la suscripción efectiva.
“ACTA NÚM. 186 DEL COMITÉ DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DEL MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, CELEBRADA EN FECHA VEINTICINCO (25) DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO (2025)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
El acta fija doce meses de vigencia desde la suscripción del contrato, mientras el Reglamento establece que la garantía de fiel cumplimiento se mantiene hasta la liquidación. Si la ejecución o liquidación excediera ese plazo, podría quedar sin cobertura parte del cumplimiento contractual.
“por un importe del cuatro por ciento (4%) del monto total de la adjudicación, con duración de doce (12) meses contados a partir de la suscripción del contrato.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 202 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 202 — Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 202. Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento. La garantía de fiel cumplimiento se mantendrá vigente hasta la liquidación del contrato u orden de compra o servicio. En el caso de la prestación de servicios y la contratación de obras, la garantía de fiel cumplimiento asegurará, además, el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del proveedor. Párrafo I. En la contratación de obras, la garantía permanecerá vigente hasta la recepción y verificación de la inexistencia de fallas y desperfectos en la construcción por parte de la institución contratante. Si existieran fallas o desperfectos, debidamente demostrados y notificados al adjudicatario y este se…
El acta exige presentar la garantía dentro de cinco días calendario desde la notificación, frente al plazo reglamentario de cinco días hábiles. La reducción efectiva del tiempo disponible puede afectar la preparación y entrega de la garantía por los adjudicatarios.
“dentro de los cinco (5) días calendarios, contados a partir de la notificación de la adjudicación”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 200 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 200 — Presentación de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 200. Presentación de la garantía de fiel cumplimiento. El adjudicatario deberá constituir y presentar ante el ente u órgano contratante la garantía de fiel cumplimiento dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir de la notificación de la adjudicación. Para licitaciones internacionales o cuando sea un adjudicatario extranjero, el plazo será de diez (10) días hábiles. Párrafo I. Si dentro del plazo definido por este artículo no es formalizada la garantía correspondiente, no podrá generarse la orden de compra o suscripción del contrato y la institución contratante podrá ejecutar la garantía de mantenimiento o seriedad de la oferta y proceder a adjudicar al oferente que haya…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona