Exclusividad basada en las características del programa definido
· hace 10 meses
La justificación centra la exclusividad en que la PUCMM ofrece el programa con doble titulación de la EOI y características curriculares propias, mientras describe la necesidad institucional en términos amplios de capacitación en gestión de proyectos. Conviene verificar cómo se determinó que esa necesidad solo podía satisfacerse con ese programa y proveedor; el informe no permite concluir por sí solo que no existiera otra opción adecuada.
“La Maestría Ejecutiva en Dirección de Proyectos constituye un programa diseñado y registrado exclusivamente por la PUCMM, siendo la única universidad que ofrece doble titulación con la prestigiosa Escuela de Organización Industrial E01 en E”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 57 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 57 — Procedimiento de excepción por proveedor único
Artículo 57. Procedimiento de excepción por proveedor único. Se utilizará este procedimiento para obtener bienes o servicios insustituibles, que solo pueden ser suministrados por una persona natural o jurídica, que es la única opción en el mercado o que posee la titularidad o derecho del objeto contractual. Este procedimiento aplica para entregas adicionales del proveedor original que serán utilizadas como repuestos, ampliaciones o servicios continuos para equipos existentes, programas de cómputos, servicios o instalaciones. Cuando el cambio de un proveedor obligue a la institución contratante a adquirir bienes o servicios que no sean compatibles con equipos, programas de cómputos,…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →