El informe, fechado el 9 de septiembre de 2025, justifica un ecosistema para inspecciones laborales con 50 cámaras corporales, 50 tabletas y software ITSM, y estima un costo total de RD$11,500,000. Propone contratarlo en un solo lote mediante subasta inversa y establece requisitos técnicos para compatibilidad, certificaciones y autorización del distribuidor. Su alcance y estimación difieren de la segunda convocatoria TRABAJO-CCC-SI-2025-0007, que el portal describe como compra de cámaras con accesorios por RD$5,644,812.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe describe un ecosistema con cámaras, tabletas y software y estima RD$11,500,000; el proceso 0007, según el portal, compra cámaras corporales con accesorios por RD$5,644,812. El documento podría corresponder al proceso anterior de ecosistema que también figura como cancelado; conviene verificar que la justificación técnica y económica utilizada para esta segunda convocatoria corresponda a su objeto específico.
“El proyecto contempla la adquisición de cámaras corporales (Bodycams), tabletas corporativas y un software de gestión especializado (ITSM), integrados en una única plataforma interoperable que permita digitalizar, monitorear y documentar de”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
El informe justificativo exige que el software de gestión ITSM posea certificación PinkVERIFY con al menos 15 años de antigüedad y certificación PeopleCert ITIL Tool Vendor, y afirma haber verificado en el sitio de Pink Elephant que soluciones como Proactivanet, Ivanti, IETSolutions, Aranda, Symphony y Alvao cumplen el requisito. Como el objeto registrado en el portal para este proceso son 50 cámaras corporales, corresponde verificar si este requisito de software aplica a esta convocatoria y su efecto en la competencia.
“Se exige que la herramienta posea "certificación PinkVERIFY Certified emitida por Pink Elephant con al menos 15 años de antigüedad" y que cuente con certificaciones de PeopleCert ITIL Tool Vendor, ya que constatamos en la página web https:/”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona