La ficha técnica establece las condiciones para adquirir el sistema de gestión hospitalaria Tasy para la Ciudad Sanitaria Dr. Luis Eduardo Aybar mediante excepción por proveedor único, e invita a MACROTECH FARMACÉUTICA, S.R.L. a presentar oferta. Fija un plazo contractual de 36 meses y un anticipo del 20% sujeto a garantía; según el portal, la convocatoria se publicó el 21/11/2025 y las ofertas cerraban el 24/11/2025.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Según el portal, la convocatoria se publicó el 21/11/2025 y el cierre era el 24/11/2025. Para una implementación hospitalaria con varios módulos y duración de 36 meses, ese intervalo merece revisión frente a la exigencia reglamentaria de plazos razonables y proporcionales, aunque el procedimiento sea por proveedor único.
“El Oferente/Proponente deberá presentar su propuesta a más tardar el viernes, veinticuatro (24) del mes de noviembre del año dos mil veinticinco (2025), a las 3:00 p.m.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 148 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 148 — De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción
Artículo 148. De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción. Los procedimientos de excepción establecidos por la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones y el presente reglamento se ejecutarán mediante el SECP. Salvo la excepción por seguridad nacional, todo ciudadano podrá consultar los procedimientos de excepción a través de esta herramienta tecnológica. Párrafo I. La convocatoria de los procedimientos por selección competitiva será pública, abierta y se ejecutará mediante el SECP, salvo el procedimiento de seguridad nacional que se realizará mediante invitación cerrada. Párrafo II. En los procedimientos por selección directa, la gestión documental de todas las…
Además de la presentación física y por el SECP, el documento contempla el envío por correo electrónico. Esa vía merece verificarse porque el reglamento establece el SECP como herramienta obligatoria y prevé la presentación electrónica a través de este sistema o en soporte papel, con reglas de confidencialidad.
“o de manera virtual a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), administrado por la Dirección General de Compras y Contrataciones, o vía correo al correo:”
Reglamento 416-23, artículo 30 — Del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas
Artículo 30. Del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas. El Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) es la herramienta tecnológica oficial y de uso obligatorio para la implementación, gestión, monitoreo y control de los procedimientos de compra y contratación pública de bienes, servicios y obras, desde la planificación hasta el pago y liquidación de los contratos u órdenes de compra o de servicios. El SECP es administrado por la Dirección General de Contrataciones Públicas, quien en su calidad de órgano rector del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas emitirá las políticas, manuales, instructivos, guías y orientaciones para su correcta implementación y…
Reglamento 416-23, artículo 109 — Formato de presentación de propuestas
Artículo 109. Formato de presentación de propuestas. Los oferentes presentarán su propuesta en ofertas técnicas y económicas de forma electrónica a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) o en soporte papel. Ambos formatos tendrán la misma validez. Párrafo. La presentación de la oferta significará de parte del oferente el pleno conocimiento y aceptación del pliego de condiciones y sus enmiendas o adendas, normas y cláusulas que rijan el procedimiento de selección al que se presente, por lo que no será necesaria la presentación de los pliegos firmados junto con la propuesta.
La ficha nombra el sistema Tasy de Philips y dirige la invitación a MACROTECH FARMACÉUTICA, S.R.L. Dado que se trata de una excepción por proveedor único, conviene contrastar esa especificidad con la justificación técnica y la acreditación de que no existen alternativas; este documento no establece por sí solo si esa exclusividad está demostrada.
“Presentar una propuesta para, implementación, instalación, derecho a Infraestructura, soporte, monitoreo y alojamiento para el sistema HIS/EMR Tasy de Philips para la ciudad Sanitaria Luis Eduardo Aybar.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 57 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 57 — Procedimiento de excepción por proveedor único
Artículo 57. Procedimiento de excepción por proveedor único. Se utilizará este procedimiento para obtener bienes o servicios insustituibles, que solo pueden ser suministrados por una persona natural o jurídica, que es la única opción en el mercado o que posee la titularidad o derecho del objeto contractual. Este procedimiento aplica para entregas adicionales del proveedor original que serán utilizadas como repuestos, ampliaciones o servicios continuos para equipos existentes, programas de cómputos, servicios o instalaciones. Cuando el cambio de un proveedor obligue a la institución contratante a adquirir bienes o servicios que no sean compatibles con equipos, programas de cómputos,…
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
Oferentes que registra (1)
1 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
MACROTECH FARMACÉUTICA, S.R.L.La ficha la identifica como destinataria de la invitación a presentar oferta; no consigna evaluación ni adjudicación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 416-23, artículo 110 — División de las propuestas
Artículo 110. División de las propuestas. Las propuestas deberán contener una oferta técnica y una oferta económica. Estas ofertas deberán presentarse por separado a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), el cual garantizará la encriptación de las ofertas presentadas, o en soporte papel en el lugar y fecha establecidos en el pliego de condiciones. Cuando las propuestas sean presentadas en soporte papel, la oferta técnica y la oferta económica deberán presentarse mediante sobres separados y sellados para garantizar la confidencialidad.