El Acta núm. 0339-2025, fechada el 19 de noviembre de 2025, aprueba la evaluación económica y adjudica a Blady & Asociados, SRL, los ítems 2 y 3 por RD$112,237,000. Declara desierto el ítem 1, correspondiente a motocicletas. Registra que solo hubo una oferta habilitada para la puja y que la adjudicación se realizó sin puja.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adjudica el 19 de noviembre de 2025, mientras que el portal registra el contrato de Blady & Asociados, SRL como confirmado y enviado el 11 de noviembre. La diferencia merece comprobarse con la fecha efectiva de suscripción y formalización, pues el portal podría reflejar una fecha de registro distinta.
“a los diecinueve (19) días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco (2025)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
El acta registra que solo un oferente quedó habilitado y que se le adjudicaron los ítems 2 y 3 sin puja, por lo que no hubo competencia de precios en esa etapa. El reglamento permite adjudicar directamente cuando solo existe un oferente conectado; aun así, conviene verificar el precio adjudicado frente a referencias de mercado.
“únicamente un oferente fue habilitado para participar en la puja. SEGUNDA RESOLUCIÓN: ADJUDICA al oferente BLADY & ASOCIADOS SRL, en los ítems número 2 y 3”
Posible explicación normal: la ley o el reglamento podría permitirlo.
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 145 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 145 — Puja electrónica y adjudicación
Artículo 145. Puja electrónica y adjudicación. Solo pueden participar en la puja electrónica aquellos oferentes que su propuesta técnica y económica inicial haya sido habilitada por cumplir con todo lo establecido en el pliego de condiciones. Para la puja se requiere que al menos dos oferentes hayan sido habilitados y estén conectados en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), conforme con el día y hora previstos en el cronograma. Se adjudicará al oferente que haya presentado el menor precio dentro del tiempo de la puja. Párrafo I. Si solo existiese un oferente conectado con una oferta inicial presentada, la institución podrá adjudicarlo directamente sin realizar la puja.…
Oferentes que registra (1)
1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Blady & Asociados, SRLAdjudicada en los ítems 2 y 3 por cumplir, según el acta, los criterios técnicos y económicos establecidos en el pliego.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona