El acta, fechada el 21 de noviembre de 2025, cancela formal y definitivamente la comparación de precios AYSAJOMA-CCC-CP-2025-0002 para remodelar el Palacio Municipal de Sajoma. Indica que al publicar el procedimiento no se habían cargado en el SECP documentos técnicos, legales y administrativos esenciales, e instruye iniciar uno nuevo cuando la documentación esté completa y validada.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta constata que se publicó el procedimiento sin cargar documentos esenciales y obligatorios, lo que podía afectar la transparencia y la igualdad de participación. Corresponde verificar qué documentos faltaban y si estuvieron disponibles para los interesados antes de presentar ofertas.
“Que, durante la verificación posterior a la publicación del procedimiento, se constató que no fueron cargados en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) los documentos esenciales y obligatorios para el correcto desarrollo d”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 31 · Reglamento 416-23, art. 91 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
Reglamento 416-23, artículo 91 — Publicidad de la convocatoria
Artículo 91. Publicidad de la convocatoria. La convocatoria a presentar ofertas en los procedimientos de selección ordinarios y de excepción deberá generarse a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) y del portal web de la institución contratante. Conjuntamente con la convocatoria, deberán hacerse disponibles los pliegos de condiciones a través de los medios indicados.
El acta establece la cancelación definitiva el 21 de noviembre de 2025, pero el cronograma del portal registra una enmienda el 27 de noviembre y cierre y apertura de ofertas el 1 de diciembre. La diferencia amerita verificar si el proceso continuó después de la cancelación o si los datos del portal están atrasados o asociados a una secuencia distinta.
“PRIMERO: Cancelar de manera formal y definitiva el Procedimiento de Comparación de Precios , correspondiente a la Remodelación del Palacio Municipal, debido a las razones indicadas en los considerandos anteriores.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 31 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona