El Acta núm. 2025-0179, de 2025-11-20, aprueba iniciar el procedimiento de excepción por exclusividad para adquirir seis medicamentos destinados a pacientes de alto costo, con apropiación presupuestaria de RD$96,046,454. También aprueba el pliego y las fichas técnicas, designa a los peritos y apodera al Departamento de Compras para continuar y publicar el expediente.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta reseña cartas de exclusividad para ácido zoledrónico, adalimumab, tacrolimus y tocilizumab, pero no identifica una carta para Letrozol, aunque incluye ese medicamento entre los seis del procedimiento. El acta afirma que un informe pericial verificó la limitación de suplidores; conviene contrastar ese respaldo específico en el expediente.
“VISTA: La carta de exclusividad instrumentada por la entidad Sandoz Pharmaceuticals Panamá, S.A. de fecha 5 de noviembre del 2025, en donde que la referida empresa informa que la empresa Kettle Sánchez, S.A., es distribuidor autorizado para”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 54 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 54 — Procedimiento de excepción por exclusividad
Artículo 54. Procedimiento de excepción por exclusividad. Se utilizará el procedimiento de excepción por exclusividad para obtener bienes o servicios que por su especialidad solo pueden ser suplidos por un número limitado de proveedores que pueden atender al requerimiento, que en ningún caso podrá ser mayor de cinco (5). Los oferentes que poseen la exclusividad deben demostrarlo mediante una acreditación o certificación, en caso de que la hubiere, que puede ser nacional o internacional, emitida por una persona, institución u organismo público o privado con autoridad para hacerlo. Párrafo I. La institución contratante es responsable de garantizar la participación de todos los oferentes…
El acta identifica a Doctores Mallen Guerra y Kettle Sánchez como distribuidores autorizados para productos del proceso. Según el historial de contratos aportado, esas empresas recibieron de la institución, respectivamente, RD$2,484,857,385 y RD$836,539,645 en los 24 meses previos; el dato no acredita una irregularidad, pero amerita revisar la concentración de adjudicaciones y las alternativas de mercado.
“VISTA: La carta de exclusividad instrumentada por la entidad Roche Servicios S.A., de fecha 3 de noviembre del 2025, en donde indican que la entidad Doctores Mallen Guerra, S.A., es el distribuidor autorizado del producto Actemra 200mg/10ml”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 54 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 54 — Procedimiento de excepción por exclusividad
Artículo 54. Procedimiento de excepción por exclusividad. Se utilizará el procedimiento de excepción por exclusividad para obtener bienes o servicios que por su especialidad solo pueden ser suplidos por un número limitado de proveedores que pueden atender al requerimiento, que en ningún caso podrá ser mayor de cinco (5). Los oferentes que poseen la exclusividad deben demostrarlo mediante una acreditación o certificación, en caso de que la hubiere, que puede ser nacional o internacional, emitida por una persona, institución u organismo público o privado con autoridad para hacerlo. Párrafo I. La institución contratante es responsable de garantizar la participación de todos los oferentes…
Oferentes que registra (4)
4 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Doctores Mallen Guerra, S.A.El acta reseña una carta de Roche Servicios S.A. que la identifica como distribuidor autorizado de Actemra (tocilizumab) 200 mg/10 ml.
Mencionado
Tocilizumab 200 mg/10 ml
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Caricorp, S.R.L.El acta reseña cartas de LIOMONT, S.A. y Laboratorio Elea Phoenix, S.A. que la identifican como representante exclusivo de los productos indicados.
Mencionado
Ácido zoledrónico 4 mg/5 ml y 5 mg/100 ml
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Leterago, S.R.L.El acta reseña una carta de Adium Pharma, S.A. que la identifica como representante exclusivo de adalimumab.
Mencionado
Adalimumab 40 mg/0,8 ml
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Kettle Sánchez, S.A.El acta reseña una carta de Sandoz Pharmaceuticals Panamá, S.A. que la identifica como distribuidor autorizado de tacrolimus Sandoz.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona