Monto presupuestado en la resolución difiere ampliamente del proceso
· hace 10 meses
La resolución consigna RD$9,830,015.13 como monto presupuestado, frente al monto estimado de RD$49,076,000.67 registrado en el portal y al presupuesto base de RD$49,150,075.65 resumido en el pliego. La diferencia requiere cotejar la estimación y la apropiación que sustentaron la convocatoria; el documento no explica la discrepancia.
“Que el monto presupuestado para llevar a cabo la adquisición objeto de la presente resolución asciende a la suma de nueve millones ochocientos treinta mil quince pesos dominicanos con 13/100 (RD$9,830,015.13).”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
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