La Enmienda 001-2025, fechada el 19 de noviembre de 2025, modifica el cronograma del proceso ASDE-CCC-SI-2025-0010 y dispone que la subasta inversa no se dividirá por ítem: los oferentes deberán presentar oferta por ambos componentes. También responde a un monitoreo que indicó que, al 18 de noviembre, el proceso no estaba publicado en el portal institucional; el Ayuntamiento afirma que ya lo transparentó allí.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El monitoreo citado en la enmienda señala que el proceso no estaba publicado en el portal institucional al 18 de noviembre, cinco días después de la convocatoria del 13 de noviembre. El Ayuntamiento responde que lo transparentó en su portal, pero el documento no precisa cuándo ocurrió; corresponde verificar la fecha de publicación y el período durante el cual la información no estuvo disponible allí.
“Al 18 de noviembre 2025, no se encuentra publicado este proceso en el portal institucional. … El Ayuntamiento de Santo Domingo Este ha transparentado en nuestro portal institucional el proceso ASDE-CCC-SI-2025-0010, concerniente a la "ADQUI”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 91 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 91 — Publicidad de la convocatoria
Artículo 91. Publicidad de la convocatoria. La convocatoria a presentar ofertas en los procedimientos de selección ordinarios y de excepción deberá generarse a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) y del portal web de la institución contratante. Conjuntamente con la convocatoria, deberán hacerse disponibles los pliegos de condiciones a través de los medios indicados.
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
La enmienda hace obligatoria la participación por ambos componentes: gasoil a granel y tickets prepagados. Aunque el documento atribuye el cambio a una incidencia del SECP, esta condición puede excluir a proveedores capaces de suministrar solo uno de ellos y merece revisión por su efecto sobre la participación.
“Se informa a los oferentes interesados que la presente Subasta Inversa no será dividida por ítem, por lo que deberán participar por ambos para que su oferta sea considerada válida dentro del proceso.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona