Criterio impreciso para elegir lotes si se superan dos
· hace 10 meses
La ficha limita a dos los lotes por institución, pero indica que, si una resulta seleccionada para más de dos, se adjudicarán aquellos en que su experiencia y perfil «respondan mejor», sin especificar cómo se compararán esos factores entre lotes. La evaluación presentada es de cumple/no cumple, por lo que conviene verificar qué pauta objetiva se aplicaría para decidir la asignación.
“Cada institución elegible podrá ser adjudicataria de un máximo de dos (2) lotes de centros educativos. Si una institución resulta seleccionada para más de 2 lotes, se adjudicará aquellos lotes donde la experiencia y perfil de la firma respo”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →