El Comité de Compras y Contrataciones aprobó el 18 de noviembre de 2025 una enmienda al proceso DPP-CCC-SI-2025-0003 y sustituyó las especificaciones del vehículo por una miniván con mínimos de 150 hp y 10 pasajeros. Según el portal, la última enmienda se registró el 20 de noviembre y el cierre de ofertas fue el 21 de noviembre de 2025.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Reduce los mínimos de potencia y capacidad de pasajeros y admite una alternativa de frenado; debilita la verificación de esos niveles de desempeño y capacidad..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
El portal registra la última enmienda el 20 de noviembre y el cierre de ofertas el 21 de noviembre de 2025, dejando un día para ajustar las ofertas a las nuevas especificaciones. El artículo 107 exige extender el plazo de forma proporcional cuando la enmienda introduce cambios o nuevos requerimientos; corresponde verificar si se concedió tiempo suficiente.
“No habiendo otras modificaciones al pliego de condiciones anteriormente mencionado, se expide la presente ENMIENDA en la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, a los dieciocho (18) de noviembre de 2025.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Especificaciones técnicas / ficha técnicaTipo de vehículo y mínimos técnicos
Se contemplaba un minibús; la ficha técnica del proceso indicaba motor de 2.0 a 2.8 litros, mínimo 177 hp y al menos 12 pasajeros, con frenos ABS.
Se elimina el minibús y se establece una miniván: motor desde 2.0 litros, mínimo 150 hp y 10 pasajeros; admite ABS o frenos de disco y tambor combinados.
RelajaQuita un control: Reduce los mínimos de potencia y capacidad de pasajeros y admite una alternativa de frenado; debilita la verificación de esos niveles de desempeño y capacidad.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona