La Enmienda No. 1 al pliego de la licitación INDRHI-CCC-LPN-2025-0014 está fechada el 19 de noviembre de 2025. Modifica la documentación y la evaluación técnica sobre las placas: elimina la explicación expresa de que debían entregarse con los vehículos y de que su costo debía incluirse en la oferta, aunque mantiene «Placa incluida» como criterio.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La convocatoria fue publicada el 14 de octubre y el cierre de ofertas era el 28 de noviembre; la enmienda está fechada el 19 de noviembre, después del límite del 75% del plazo previsto para presentar ofertas establecido en el artículo 107 del Reglamento 416-23. El portal registra la última enmienda el 18 de noviembre, fecha que también parece posterior a ese límite.
“19 de noviembre de 2025”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se debilita la verificación expresa de que las placas se entreguen con los vehículos y de que su costo esté contemplado en la oferta económica..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
11.1.2 Documentación técnica y 12.1.3 Metodología y criterios de evaluación técnicaRequisito y verificación de las placas de los vehículos
Se explicaba que las camionetas debían entregarse con sus placas y que el proveedor debía contemplar su costo en la oferta económica.
Se conserva «Placa incluida» como requisito y criterio, pero se elimina la explicación sobre la entrega con placas y la inclusión de su costo en la oferta; el criterio remite a las especificaciones técnicas.
RelajaQuita un control: Se debilita la verificación expresa de que las placas se entreguen con los vehículos y de que su costo esté contemplado en la oferta económica.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona