El certificado de apropiación presupuestaria, fechado el 14 de noviembre de 2025, acredita RD$254,813.76 para el proceso CPADB-CCC-PEEX-2025-0004, relativo al alquiler de locales en Santiago y San Francisco de Macorís. El monto difiere del estimado global de RD$5,020,626.82 informado para la contratación; el certificado corresponde al presupuesto de 2025 y, por sí solo, no determina la cobertura de los compromisos de los años posteriores.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Señales de este documento (2)
ContextoCertificación de fondos por una parte de lo adjudicadoPendiente de revisiónRD$4.8 millones
La certificación de apropiación presupuestaria publicada para este proceso es por RD$0.3 millones; se adjudicaron RD$5.0 millones y el monto estimado era RD$5.0 millones. Puede corresponder a un período (un trimestre o el año fiscal en curso) y no al contrato completo, pero la ley pide que haga constar el monto total del egreso previsto. Las cifras y la fecha del certificado se leyeron del documento publicado; el monto, solo cuando dice lo mismo en letras y en números.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
El certificado acredita RD$254,813.76 para 2025, frente al estimado global de RD$5,020,626.82 del proceso, previsto para 36 meses según los documentos relacionados. La diferencia puede corresponder a los pagos del ejercicio 2025; conviene verificar la disponibilidad presupuestaria aplicable a los compromisos de los períodos posteriores, que este certificado no acredita.
“MONTO DEL PROCESO … 254,813.76”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona