La enmienda, fechada el 14 de noviembre de 2025, modifica requisitos de la oferta técnica y las condiciones de la garantía del anticipo para el proceso GCPS-CCC-CP-2025-0014. Exige estados financieros de los dos últimos ejercicios, certificaciones de la DGII y la TSS, y una garantía por el monto total del anticipo del 20 %, a primer requerimiento. En la descripción de las modificaciones aparece también una referencia al proceso GCPS-CCC-CP-2025-0012 y a la adquisición de un autobús.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Aunque el encabezado identifica el proceso 0014 para adquirir vehículos, el texto que introduce las rectificaciones menciona el proceso 0012 y la adquisición de un autobús. La discrepancia merece verificarse para establecer con certeza a qué expediente corresponden los cambios.
“correspondientes al pliego de condiciones específicas del proceso de selección POR COMPARACIÓN DE PRECIOS PARA LA ADQUISICIÓN DE AUTOBÚS PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS ACTIVIDADES QUE DESARROLLA EL PROGRAMA OPORTUNIDAD 14-24 DEL GABINETE DE”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Sección I, numeral 11.1, literal b (Sobre A)Estados financieros
El texto anterior del literal b no se reproduce en la enmienda.
Se solicitan los estados financieros de los dos últimos ejercicios contables consecutivos, certificados por una firma de auditores o un CPA.
Endurece
Sección I, numeral 11.1, literal b (Sobre A)Alternativa para empresas de reciente constitución
El texto anterior del literal b no se reproduce en la enmienda.
Las empresas de reciente constitución pueden presentar una declaración jurada sobre su fecha de constitución y la falta de obligación de presentar esos estados, además de garantizar disponibilidad de inventario.
RelajaQuita un control: Para estas empresas, la declaración sustituye la presentación de estados financieros certificados, reduciendo la verificación independiente de solvencia y de disponibilidad de inventario.
Sección I, numeral 11.1, literal b (Sobre A)Cumplimiento fiscal y de seguridad social
El texto anterior del literal b no se reproduce en la enmienda.
Se requieren certificaciones de la DGII y de la TSS que indiquen que el oferente está al día en sus obligaciones fiscales y de seguridad social.
Endurece
Sección III, numeral 7Garantía de buen uso del anticipo
El texto anterior del numeral 7 no se reproduce en la enmienda.
Para recibir el anticipo del 20 %, se exige garantía bancaria o póliza por el monto total recibido, a primer requerimiento y posterior a la certificación del contrato por la Contraloría; se devuelve al cumplirse las obligaciones.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona